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  • Reconsideracion o TNF ??

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #612864  por TAN
 
Estimados:
Estoy con un caso complicado yquiero consultarlo.
A mi cliente le llegó la resolucion de un sumario imponiendole una multa grande por el Art. 46, la realidad es que no hay escusas serias para los errores contables, por lo que el nuevo departamento contable de la empresa me pide que demore la cuestion.
Mi duda es , si planteo la reconsideracion en AFIP agoto la via y no voy a poder ir al TNF ??, en ese caso, luego de que me llegue la resolucion, deberia ir a via ordinaria en lo contencioso??
Gracias.
TAN
 #613269  por diegus
 
Así es.

TFN o recurso de reconsideración... Son vías excluyentes.

SI vas por recurso de reconsideración, sigue en primera instancia del fuero cont-adm federal (no obstante, no se libra boleta de deuda por el importe de la multa hasta tanto esté firme, por tratarse de una sanción).

Saludos

Diegus
 #613517  por GyD
 
46 al TFN y con los ojos cerrados. Fundamental, no pagar la tasa para que la intimen y producir prueba, así pasamos a los alegatos... ergo: si 2011 + elecciones +- cambio gobierno = probable moratoria => condonación multas no firmes... si no llegamos a tiempo, un recurso ante la Camára y la multa sigue sin estar firme... inflación Moreno mediante... para el 2012 puede que ni siquiera necesite una condonación...
Saludos.
 #613689  por molinag
 
AHAAAA, LA MULTA NO DEBE PAGARSE NUNCA HASTA QUE ESTE FIRME, PORQUE EN LA 11683 NO HAY ACCION DE DEVOLUCION DE LA MULTA PAGADA..
 #613901  por TAN
 
Gracias a todos por sus respuestas.
Pasa que " el contador" que es quien lleva toda la fiscalizacion adelante, no quiere que vayamos al TNF, dice que vamos a pagar fortuna de tasa y mi cliente sigue bastante lo que dice. La multa es importante y no tenemos argumentos para discutir.
Aun asi, les parece que te deje por escrito mi opinion??, seguro que la reconsideracion sale mal y despues quedo yo como la tonta del bote.
Gracias.
TAN
 #614198  por poorlaw
 
GyD escribió:46 al TFN y con los ojos cerrados. Fundamental, no pagar la tasa para que la intimen y producir prueba, así pasamos a los alegatos... ergo: si 2011 + elecciones +- cambio gobierno = probable moratoria => condonación multas no firmes... si no llegamos a tiempo, un recurso ante la Camára y la multa sigue sin estar firme...
Apoyo, la historia puede repetirse, para bicicletear es lo mejor.

No sé cómo cuándo están durando los plazos ahora, pero el récord de dilatación (no sean mal pensados, peor queda estiramiento) de plazos lo tuve con un expediente con el siguiente historial (todas las sentencias en contra):

Multa impuesta por art. 46, marzo del 2004

Interposición recurso de apelación TFN (art. 76, inc. B), mayo del 2004

Sentencia TFN: octubre del 2006

Interposición recurso de revisión y apelación limitada ante la Cámara (art. 86, inc. b), diciembre del 2006

Promulgación Ley 26.476 = condonación de multa: diciembre del 2008

Fisco (!) solicitando condonación, marzo del 2010 :shock:
GyD escribió:inflación Moreno mediante... para el 2012 puede que ni siquiera necesite una condonación...
Suena profético... no, mas bien apocalíptico...
 #615202  por GyD
 
Poor, eso de la dilatación y el fisco pidiendo condon ación... :o asusta un poco. No es por jactarme, pero en el 96 ajuste por periodo 95 (con cierre 03/95) mas multa 3 veces por el 46. A TFN, en contra pero la multa bajó a 1 vez... Cámara... Moratoria del 2008 (con interés del 30% porque era del 95 y sin multa) Una deuda de mas de mas de 2 palitos verdes quedó en 300 lucas y pico... la tasa era baja porque en aquel tiempo no se pagaba sobre la multa.
TAN, siempre TAN cauta, Ud.. No se deje amedrentar por el contador, el TFN puede que le baje la multa del 46 al 45, es un descuento de un artículo pero bien lo vale :lol: :lol: :lol: en el peor de los casos, dígale al contador que echarle la culpa a él de la defraudación no va a ser su argumento defencista... 8) bueno... no por ahora :?
Saludos.
 #640443  por TAN
 
Hola !!! gente!!!
Aqui estoy con la continuacion de la historia!
Oobviamente, contra mi voluntad, mi cliente quiso hacer la reconsideracion como le dijo "el contador", y obvimanete salió mal.
En fin, debo plantear la demanda contenciosa, y necesito ayuda.
Como realmente no tengo ninguna prueba a mi favor, querria que me orienten que poner, algun modelo, que dicen???
muchas graciass.
TAN