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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #614247  por gicri
 
Ante todo, espero ser bienvenido en este sitio, mis saludos a todos, necesito si me pueden contactar a raíz que soy Policía de la Provincia de Buenos Aires y le quiero iniciar una demanda por lo siguiente:

Cuando ingreso a la institución allá por el año 2006 ingreso con la Ley 13.201 dec 3304 que entre otras tantas cosas se mantenía un solo escalafón, donde ingresando tenia la posibilidad de llegar a ser el Jefe de la Policía al correr los años, cambiaron la Ley hoy 13.482 dec 1050/09, donde me sacan ese derecho entre otros tantos me cambian de sub escalafón pasándome al escalafón de sub oficiales donde nunca voy a poder llegar a ser nada. A fin del año pasado 2009 presente el recurso por vía jerárquica solicitando la Readecuación escalafón aria donde planteo lo siguiente:

Dirijo a Usted la presente, a los fines quiera tener a bien y por donde corresponda, se contemple el pase del Sub Escalafón General en la cual revisto actualmente con la Jerarquía de Oficial E. G., al Sub. Escalafón Comando; motiva el presente requerimiento que con fecha 16 de agosto de 2008 siendo el Boletín Informativo número 72/06, bajo expediente numero 21.100-654.44/06, mediante el cual la Dirección de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, propicia la implementación de la Tecnicatura Superior en Seguridad Publica con Orientación Distrital destinado a los efectivos policiales para el “Proyecto de Formación de Cuadros de Conducción”, que se dicta de conformidad a lo establecido por la derogada Ley 13.482, y se enmarca en la política de formación y capacitación profesional descripta en el articulo 41 y concordantes de la derogada Ley 13.201 su derogado decreto reglamentario Nº 3326/04, en la cual dispone en su articulo 1º “Aprobar el cuadro de equivalencias de contenidos …..”, “…. el desarrollo de contenidos del Programa de Formación para Cuadros de Conducción …” y que este aval cuenta con el número de resolución 5632/05. Que mediante dicha resolución y con una carga horaria de 2.176 ( DOS – UNO – SIETE – SEIS) Horas Reloj, resultando ser las HSC (horas cátedra) de 3.264 (TRES – DOS – SEIS – CUATRO) – siendo esta similar y de echo con mas HSC a algunos de los planes de estudio ejercidos con anterioridad a las diferentes promociones a la mía, citando un ejemplo; la resolución 5132/00; siendo que dichos cadetes han culminado el plan de estudios ostentando la Jerarquía de Oficial Ayudante; siendo el suscripto; instruido igual o con mas capacitación en cuanto a la formación académica recibida por la Institución Policial, refiriéndome a la cantidad de materias, horas reloj y HSC -; en contra punto a esto, existe en esta institución una promoción de Oficiales de la deroga Ley 9550/80, que fueron incorporados en el año 1998, y que realizaron un curso introductorio de 04 (cuatro) meses aproximadamente, para luego realizar una pasantía como Efectivos Policiales recibidos; ostentando la Jerarquía de Agentes y luego ser llamados a continuar su carrera en octubre de ese mismo año; para finalizar el mismo en el mes de diciembre revistando con la Jerarquía de Oficial Ayudante, que los mismos no están reconocidos como Técnicos Superiores en ninguna especialidad ni mucho menos figuran como tal en La Dirección de Cultura y Educación de La Provincia de Buenos Aires, en total desigualdad de oportunidades para con mi persona; los cuales fueron reescalafonados en el Sub. Escalafón Comando sin rendir curso o exigirle requisito alguno. Siendo de consignar que con la derogada Ley 13.201 y su Decreto Reglamentario 3326/04, el suscripto tenia el Derecho Adquirido de acceder a los mandos de Conducción de la fuerza reuniendo los requisitos sin necesidad de realizar capacitación alguna; teniendo en cuenta el Principio de Equidad y la Carrera Policial sobre la Capacitación acorde a la especialidad y el mérito a través de la Evaluación de Desempeño; que en todo lo descripto el suscripto a través de la capacitación brindada por la Institución Policial reúne; para así poder llegar a la ultima Jerarquía por poseer Estudios Terciarios acreditados, los cuales además eran tenidos en cuenta por sistema de puntajes para futuros ascensos, como lo informara oportunamente la propia institución en boletines informativos anteriores a este presente año, los cuales con la nueva Ley se me ve coartada esa posibilidad y dejándome fuera de lo establecido en el Articulo 10º inciso “f” del flamante Decreto Reglamentario 1050/09 Ley 13.982.
Consideremos como ejemplo la disposición del 16 de agosto del 2006 bajo expediente Nº 21.100-664.235/06 donde en su Considerando establece claramente que es imprescindible reconocer la experiencia adquirida en servicio de sus funciones en tanto idóneos, y la necesidad de legitimación de conocimientos adquiridos en la practica profesional que brinde igualdad de condiciones, donde en su art. 2º resuelve aprobar el cuadro de equivalencias de contenidos o el del 13 de febrero de 2007 donde expresa; Visto: que el proceso de transformación transitado por las Policías de la Provincia de Buenos Aires impone adoptar medidas estructurales que tiendan a la profesionalización de la labor y un mejoramiento en las metodologías y resultados de la acción Policial exigidos socialmente, lo cual se ve reflejado en los principios de capacitación profesional implementados por esta Subsecretaria de Formación y Capacitación, y considerando que esa línea de acción tiene como objeto el desarrollo creciente y permanente de las competencias propias del que hacer Policial, de la especialización y excelencia del personal, posibilitando siempre la igualdad de oportunidades, tanto en el acenso como en el proceso educativo propiamente dicho, recordemos el Art.38: de acuerdo a lo previsto en el art.5, establece que en los casos de promoción a los grados 7 o superiores será requisito poseer titulo Universitario o Terciario Oficialmente reconocido por autoridad competente acorde con las funciones a desempeñar; otro ejemplo seria el Decreto 3.114/05 en el cual por expediente 21.100-359.938/05 por tramite de excepción se considera la solicitud de la reubicación escalafonaria a los egresados del “Liceo Policial Vicente Schoo”.
Contemplando que los requisitos fueron adquiridos por mi parte, siendo acreedor del Titulo de Nivel Secundario “Técnico Mecánico Electricista con Orientación en Electromecánica”, luego mi Titulo de Nivel Terciario “Técnico Superior en Seguridad Publica con Orientación Distrital”; los cuales constan en mi Legajo.
Me encuentro plenamente capacitado por la Institución Policial; cumplimentando todas las Reglas, Normas, Resoluciones y Leyes para ser reescalafonado al Sub escalafón comando.
Así mismo informo a Usted que en el cuadro de Reescalafonamiento, ANEXO 1, dentro del nuevo escalafón, de los Oficiales de Comando EX –oficiales del Dec. Ley 9550/80 y Egresados de la Escuela “Juan Vucettich” y otros centros con posterioridad a la Ley 13.201- (que me encuentro y encuadro dentro de estos ya que me dieron el alta como Oficial de Policía CDO. El 01 de septiembre del año 2006) indica que tendría que ser OFICIAL SUBAYUDANTE.
Por lo antes expuesto, solicito salvo su elevado mayor criterio; ser reescalafonado en el Sub. Escalafón Comando, ya que cuento con todo el aval de las Resoluciones, Leyes y expedientes descriptos; y también por poseer los requisitos de capacitación solicitados por esta Institución Policial (Técnico Superior en Seguridad Publica con Orientación Distrital bajo Resolución 5632/05), los cuales nunca fueron reconocidos, así mismo y para mayor ilustración adjunto copia xerográfica de las resoluciones, boletín oficial antes citado; plan de estudio, constancias y analíticos.

Lo expuesto es en cuanto a Usted Solicito.
Ese fue el reclamo que presente, luego de varios meses y al no tener movimientos, les envío un pronto despachos, el cual hace mover el expediente y actualmente se encuentra en "relataría".

Esta claro que me van a dar la negativa y voy apelar.
Esta es un poquito la historia.

Ahora bien, necesito de algún letrado, que me pueda patrocinar para que una vez agotadas las instancias se pueda iniciar algún tipo de demanda por daños y demás.

Me pueden indicar si tengo la visión correcta?
Me pueden decir si puedo realizar algún reclamo judicial viable?
Me pueden recomendar a alguien para que active los mecanismos judiciales para poder demandar?.


Desde ya gracias y a la espera de sus respuestas.