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  • NOTIFICAR BAJO RESPONSABILIDAD

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 #614984  por santiheladero
 
Estyo llevando un expediente desde principio de año, y estoy tratando de notificar al demandado un se saque de archivo y una constitucion de domicilio. Ya notifique simple, despues con habilit de dia y hora y ahora voy a tener q pedir bajo responsab. en los 2. Mi pregunta es, en etapa previa, puedo intimar al demandado a que constituya domicilio en el expte. bajo apercibimiento de notificarse ministerio ley... porq la verdad es una locura q este dando vueltas asi con las cedulas... el tipo no me recibe ninguna, y tengo q llegar a notificar todo bajo resp. para lo cual estoy meses dando vueltas con lo mismo.
 #615249  por kantaclaro
 
Debo entender que, al referirte a EP, se trata del fuero de flia. En ese caso, los trib. aceptan que el dom. constituido es sólo válido para esa etapa. Es duro, pero hay que lidiar para notificar la dda. por la negativa del accionado/a. En todo caso si la 1ra. aud. fue notificado en el real, pedí primero conhab. y luego b/r. Saludos