Buenas Amigos, les queria preguntar, tengo una duda. Ante un sobreseimiento definitivo dictaminado en una causa penal de la prov. de Bs. As., ¿Es necesario que se diga especificamente que "no afecta su buen nombre y honor"? (refiriendose al imputado) ¿o eso es implisito del sobreseimiento mismo?
Suponiendo que la causa es de 1996 (no se si tiene que ver la reforma), hace un par de años se ha dado un sobreseimiento provisorio por falta de merito y ahora se dicta el definitivo.
saludos a todos!!
Suponiendo que la causa es de 1996 (no se si tiene que ver la reforma), hace un par de años se ha dado un sobreseimiento provisorio por falta de merito y ahora se dicta el definitivo.
saludos a todos!!