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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #609324  por KarinaDus
 
Hola foristas!

Les hago la siguiente consulta, para despejar algunas dudas ya que mi área de trabajo es otra... me han consultado por una infracción de tránsito (exceso de velocidad), habiéndole llegado al propietario del vehículo en cuestión la notificación para presentarse ante el Controlador para plantear defensas u oponer excepciones.

Ahora bien, el propietario del rodado no era el que manejaba el día que se cometió la infracción, ya que usualmente el vehículo lo utiliza un familiar quien se encuentra munido de cédula azul para manejarlo.

Así es que les consulto... conviene que se presenten ambos a realizar el descargo? Es necesario hacerlo aún cuando no posean una justificación válida (que a todo esto entiendo que nada justifica un exceso de velocidad)... De todos modos, supongo que la multa se la van a cobrar igual después.

Por otro lado, podrían sugerirme algún tipo de descargo? Qué podrían exponer estas personas o el titular del vehículo a fin de evitar la multa o bien minimizarla?

Gracias por la ayuda.
 #616824  por hugo16
 
yo haria un descargo ante el controlador por escrito, negando haber infringido la norma y cuestionando el cinemometro utilizado, como tambien no haber sido notificado por ningun agente,tenes que tener en cuenta que estas ante la justicia de faltas o sea etapa administrativa,y ese descargo lo puede salvar de que lo juzgue la justicia administrativa, donde alli lo puede juzgar un juez e imponerle una multa, yo pienso que siempre hay que hacer el descargo, pues sino te anotan en el registro de infracciones de transito y te la cobran cuando vayas a transferir el auto, sin que exista ningun juicio que te imponga una pena
 #626194  por KarinaDus
 
Gracias hugo16 por tu aporte!

Comento lo que sucedió cuando me presenté a hacer el descargo.
Luego de una usual espera, me atiende una chica y apenas me senté, me tomó los datos y en menos de 5 minutos estaba fuera de la UAC sin haber dicho palabra. La razón? De oficio me anularon la infracción por considerar inválida la misma, ya que el dominio de la patente se veía borroso en la foto y por tanto no estaba bien identificada.
Obviamente no dije palabra demás, aún cuando yo sabía que era mi patente, no? Y más allá que estaba dispuesta a replicar considerando el mínimo exceso de velocidad -que no llegaba a los 10 km-, me pareció que esta sería otra forma de impugnar una infracción (por la mala identificación de la patente).

Es descabellado lo que pienso?