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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #617975  por tincho_20
 
Tratemos de no desvirtuar el posteo y hablar de la 555 solamente. Gracias.
 #618006  por NAOMI_NHO
 
Tengo una duda, realicé un sicam antes de la 555, no es moratoria, ya que le sobran aportes. El problema es que, en lugar de prescribir o aplicar art. 1 ley 25.321, hice cortes directamente en la situación de revista. Mi pregunta, me lo rechazarán? el tema es por el retroactivo, si liquido nuevamente perdería 2 meses de retro.
Alguien puede orientarme??
 #618087  por arielruiz86
 
Hola, y al hacer cortes ya no estarias respetando el PUC que es lo que ordena la resolucion. Transcribi lo que te figura en la pestaña de datos personales para analizarlo.
 #618116  por LucianaV
 
Hola! No se si a alguno le servira, pero en la UDAI Caseros, los iniciadores siguen tomando todo casi igual. Como dijeron Uds. no afecta la moratoria antes del 10/93. Solo que debe coincidir el PUC posterior. Y ellos toman todo en SICAM I.
Fui a averiguar por un SICAM que tenia hecho desde antes de la 555 y me dijeron que ellos no piden que se amplie en SICAM II la moratoria.
Espero le sirva a alguien si presenta ahi, para que sepa que criterio toman.
Saludos
 #618214  por adriana
 
Hola Foro, leí la resolución 555, ya que cuando fui a iniciar un expediente me lo rechazaron por haber aplicado prescripicón y no art.1 y en el segundo turno, les paso el dato, me lo rechazaron por aplicar art. 3 en períodos con partes pagas, aunque tenga deuda. cosa que no sabía, les cuento por si estan armando sicam, el criterio en udai de san justo es no aplicar art.3 en periodos con pagos. aparte de todo lo que postearon, en relación a respetar el puc.
Muy util toda la información que estan volcando, es mucho mas esclarecedora que la resolución.
gracias, saludos a todos.
adriana
 #618269  por NAOMI_NHO
 
adriana escribió:Hola Foro, leí la resolución 555, ya que cuando fui a iniciar un expediente me lo rechazaron por haber aplicado prescripicón y no art.1 y en el segundo turno, les paso el dato, me lo rechazaron por aplicar art. 3 en períodos con partes pagas, aunque tenga deuda. cosa que no sabía, les cuento por si estan armando sicam, el criterio en udai de san justo es no aplicar art.3 en periodos con pagos. aparte de todo lo que postearon, en relación a respetar el puc.
Muy util toda la información que estan volcando, es mucho mas esclarecedora que la resolución.
gracias, saludos a todos.
adriana


Me comentás un poquito más lo de art. 1 y no prescripción. Me interesa porque generalmente presento trámites en San Justo. Te agradecería cualquier otro dato, ya que no presenté nada de autónomos despues de la 555.
 #618387  por sabrinaa
 
Hola a todos

Luego de leer y releer la 555 , y las páginas de los foristas quiero que me corrigan lo siguiente:

Sr. con fecha de afiliacion 6/86 a 2/2007 , con periodos sin pagar 4/ 1995 y 2/2001 a 08/2001
Como no aparecia el numero de cuenta de Anses en datos personales de Afip , presenté telex de anses y f. 460 en afip. (Esta bien????

Sit de revista respeto lo que figura en datos personales y aplico beneficio un año art 3 , beneficios ley 14236 y art 1 ley 25321 TODO EN SICAM 1 . como me faltan 4 años para llegar a los 30, ya que tiene algo en relacion de dependencia compro en SICAM 2 PERIODOS AMPLIADOS desde 7/71 al 06/1975, con una categoria inferior.
Aclaro se trata de una INVALIDEZ. La regularidad la obtengo con los 30 años de aportes

Preguntas :
Esta bien????
Si envio plan y tengo turno antes del 30/9 no necesito sicam cero deuda, simplemente, agrego los formularios de pago de intereses ( en detalle de deuda me surgen deuda de intereses a partir de l 9/2001 que pagare con formulario 801 :D y primer cuota de moratoria

Saludos Sabrina
 #618400  por arielruiz86
 
Ahora el problema de interpretacion de las distintas udai son la aplicacion de los beneficios. Para una PBU antes la opcion de usar la prescripcion o el de renuncia (art. 1 Ley 25321) yo usaria solo este ultimo por el momento (al menos hasta cuando este todo un poco mas claro) porque es de aplicacion gral y no tiene limite en el tiempo mientras reuna los 30 años de aportes.
 #618717  por Clara19999
 
Estimados: es mi primer post, y estoy bastante confundida, porque me denegaron una jubi. Siempre los leo, pero como no tengo internet en casa, ahora pregunto, porque realmente no sé qué hacer. Gracias
Tengo un sr. con inscripción en autónomos en 1980, a quien amplié en sicam II desde los 18 años, sin aplicar ningún beneficio, porque tiene RD. Me rechazan porque amplié sin inscripción desde los 18 años. En Afip, no me lo quisieron cambiar al puc. muchas gracias desde ya. Clara
 #618884  por MARIO1943
 
Clara19999 escribió:Estimados: es mi primer post, y estoy bastante confundida, porque me denegaron una jubi. Siempre los leo, pero como no tengo internet en casa, ahora pregunto, porque realmente no sé qué hacer. Gracias
Tengo un sr. con inscripción en autónomos en 1980, a quien amplié en sicam II desde los 18 años, sin aplicar ningún beneficio, porque tiene RD. Me rechazan porque amplié sin inscripción desde los 18 años. En Afip, no me lo quisieron cambiar al puc. muchas gracias desde ya. Clara
ESA INSCRIPCON DE AUTONOMO DE 1980, DE DONDE SURJE, DEL PHA? , TIENE PERIODOS PAGOS EN 1980?
 #618885  por MARIO1943
 
Clara19999 escribió:Estimados: es mi primer post, y estoy bastante confundida, porque me denegaron una jubi. Siempre los leo, pero como no tengo internet en casa, ahora pregunto, porque realmente no sé qué hacer. Gracias
Tengo un sr. con inscripción en autónomos en 1980, a quien amplié en sicam II desde los 18 años, sin aplicar ningún beneficio, porque tiene RD. Me rechazan porque amplié sin inscripción desde los 18 años. En Afip, no me lo quisieron cambiar al puc. muchas gracias desde ya. Clara
ESA INSCRIPCON DE AUTONOMO DE 1980, DE DONDE SURJE, DEL PHA? , TIENE PERIODOS PAGOS EN 1980?
 #618887  por MARIO1943
 
Clara19999 escribió:Estimados: es mi primer post, y estoy bastante confundida, porque me denegaron una jubi. Siempre los leo, pero como no tengo internet en casa, ahora pregunto, porque realmente no sé qué hacer. Gracias
Tengo un sr. con inscripción en autónomos en 1980, a quien amplié en sicam II desde los 18 años, sin aplicar ningún beneficio, porque tiene RD. Me rechazan porque amplié sin inscripción desde los 18 años. En Afip, no me lo quisieron cambiar al puc. muchas gracias desde ya. Clara
ESA INSCRIPCON DE AUTONOMO DE 1980, DE DONDE SURJE, DEL PHA? , TIENE PERIODOS PAGOS EN 1980?
 #619142  por vir1
 
Gracias por todos los aportes...
 #619335  por dralucigonza
 
Hola gente, les cuento que me enganche hace horas leyendo los posts respecto a la 555, mi caso particular al respecto es que a mi clienta no le aparece inscripcion en le padron historico de autonomos (ANSES), ni en el PUC, es decir, en la pestaña de datos personales del SICAM, peeerooo!!!, si aparece en la parte de AFIP Sistema Registral en Reflejo de Datos Registrados:Alta el 05/1990 y pasivo dto. 1299/98 desde 01/01/2002 en actividad económica:venta de productos alimentarios Almacen, es más de hecho la sra. tiene pagos desde 01/1994 pero no contínuos sino alternados, algunos meses no los pagó, los pagos figuran hasta 05/1996, tiene 23 meses pagos. En este caso no entendí como aplicar la nueva regulación, tal vez tenga que acercarme a Afip y pedir que estos datos figuren en el PUC, ¿con form. 460? En tanto armé lo siguiente: Nacim. 04/1948 Tiene 62 años. Sicam II :05/1966 al 11/1989 : 23 a 7 m. Sicam I :(que sería luego de que Afip lo incorpore al Puc o lo hago directamente en situación de revista tomando la misma categoria y actividad en este caso cod. 206 almacenes/despensas?) desde la inscripcion 05/1990 al 12/2001, art 3 ley 24476 :05/1990 al 09/1993: 3 a 5 m por cese año 2001, art 1 ley 25321 aplicado a los meses impagos 10/1993 a 12/1993 , 06/1994 , 06/1995, y desde 02/1996 al final 12/2001, y me quedan los meses pagos 1 año 11 meses, el resto lo completo con el excedente de edad.
Qué les parece mi SICAM, estará bien segun su experiencia, tengo pocas jubilaciones, y desde la aplicacion de la 555 no presenté ninguna con moratoria.
Les agradeceré sus aportes. Desde ya muchas gracias (perdón si me equivoqué el post donde planteo mis dudas).
Saludos.
 #619363  por adriana
 
Hola, como estas? te comento que fui la semana pasada a iniciar una jubi en san justo, la persona tenia una inscripcion autonoma, la respete, amplié en sicam 2, hasta ahí todo bien,
el problema surgió en que yo aplique prescripción a varios periodos, en lugar de aplicar art.1 entoences el iniciador chequeó la situación de revista con los pagos que tenia el sr. y me dijo que por la nueva resolcuion podía aplicar art. 1 pero no prescripción.
a la semana seguiente saco nuevo turno y cuando me presento me dicen que la dj, del art. 3 no la podia aplicar tampoco en periodos que tuviera pagos. por ende, pedi rechazo de sicam y ahora voy por la tercer presentación y espero que esta sea la vencida. jajaj
en si no se puede applicar art. 3 ni prescripción a periodos con pagos, aunque de dichos pagos surjan deudas.
saludos
adriana
NAOMI_NHO escribió:
adriana escribió:Hola Foro, leí la resolución 555, ya que cuando fui a iniciar un expediente me lo rechazaron por haber aplicado prescripicón y no art.1 y en el segundo turno, les paso el dato, me lo rechazaron por aplicar art. 3 en períodos con partes pagas, aunque tenga deuda. cosa que no sabía, les cuento por si estan armando sicam, el criterio en udai de san justo es no aplicar art.3 en periodos con pagos. aparte de todo lo que postearon, en relación a respetar el puc.
Muy util toda la información que estan volcando, es mucho mas esclarecedora que la resolución.
gracias, saludos a todos.
adriana


Me comentás un poquito más lo de art. 1 y no prescripción. Me interesa porque generalmente presento trámites en San Justo. Te agradecería cualquier otro dato, ya que no presenté nada de autónomos despues de la 555.
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