Colegas:
Me consultan lo siguiente:
Un cliente suscribió un contrato a plazo fijo por 3 meses, a los 2 meses le niegan tareas (verbalmente le dicen que no vaya mas), y le abonan lo trabajado hasta ese momento. La consulta es ¿que liquidacion e indemnizacion le corresponde?, ya que la LCT preve que se le debe abonar la indemnizacion del 245 + Daños y perjuicios. El tema es que tratandose de 2 meses de antigüedad no le corresponde la indemnizacion del 245 y entiendo que para reclamar Daños y perjuicios debe acreditar el daño sufrido. La otra consulta es si deben abonarle la totalidad del contrato (incluyendo el periodo que no va a trabajar) ya que no encontre en la LCT que mencionara nada al respecto.
Saludos y gracias.
Gabriel
Me consultan lo siguiente:
Un cliente suscribió un contrato a plazo fijo por 3 meses, a los 2 meses le niegan tareas (verbalmente le dicen que no vaya mas), y le abonan lo trabajado hasta ese momento. La consulta es ¿que liquidacion e indemnizacion le corresponde?, ya que la LCT preve que se le debe abonar la indemnizacion del 245 + Daños y perjuicios. El tema es que tratandose de 2 meses de antigüedad no le corresponde la indemnizacion del 245 y entiendo que para reclamar Daños y perjuicios debe acreditar el daño sufrido. La otra consulta es si deben abonarle la totalidad del contrato (incluyendo el periodo que no va a trabajar) ya que no encontre en la LCT que mencionara nada al respecto.
Saludos y gracias.
Gabriel