Hola colegas les hago una consulta pues se me generó una duda existencial respecto del cobro de honorarios, ya finalizó el intercambio telegráfico y se configuró el despido indirecto, yo voy por la actora la pregunta es en instancia prejudicial si hubiera acuerdo conciliatorio debo cobrar a la contraria, o sólo a mi cliente??
En el marco del arreglo (estoy en Pcia) me pueden pedir honorarios por su orden??? o si o si la futura demandada debe pagarme también honorarios?
Gracias.
Charo.-
En el marco del arreglo (estoy en Pcia) me pueden pedir honorarios por su orden??? o si o si la futura demandada debe pagarme también honorarios?
Gracias.
Charo.-
