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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #619586  por juancruzachaval
 
Se me plantea el caso de un matrimonio que hace 10 años dejaron de convivir, y ahora quieren regularizar su situación. Quieren un divorcio de mutuo acuerdo, y yo quisiera saber si puedo representar a ambos (en calidad de patrocinante) al momento de iniciarse el proceso y tramitarlo posteriormente. Ello en virtud de que no quieren pagar otro abogado para que represente a uno de ellos. En conclusión, es posible que yo pueda patrocinar a ambos dadas las características de la situación, e iniciar el divorcio con un mismo escrito, firmando ambos cónyuges en él? Saludos!
 #619592  por dracecilia
 
Hola... depende de la provincia y del juzgado donde te encuentres!! En Rosario, yo lo he hecho y no tuve inconvenientes. Lo hice en un mismo escrito, con mi patrocinio y con el acuerdo en varios puntos por parte de los conyuges (ej. alimentos, bienes muebles, etc.) Pague solo una boleta de iniciacion.
Espero tengas suerte! saludos.-
 #619611  por juancruzachaval
 
dracecilia escribió:Hola... depende de la provincia y del juzgado donde te encuentres!! En Rosario, yo lo he hecho y no tuve inconvenientes. Lo hice en un mismo escrito, con mi patrocinio y con el acuerdo en varios puntos por parte de los conyuges (ej. alimentos, bienes muebles, etc.) Pague solo una boleta de iniciacion.
Espero tengas suerte! saludos.-
Gracias Cecilia, la provincia es Chaco, así que voy a averiguar cómo es el tema aquí. Saludos!
 #620052  por drany
 
En Capital, por ejemplo no se admite el mismo patrocinante para ambos cónyuges. Lo que hacemos es pedir la firma a algún otro abogado amigo y así vamos zafando
 #620400  por Pato272727
 
De última podes demandar por el 204 y dejar rebelde al otro.Ojo que en este caso tenes que producir prueba dela separación de hecho.
 #621220  por juancruzachaval
 
Pato272727 escribió:De última podes demandar por el 204 y dejar rebelde al otro.Ojo que en este caso tenes que producir prueba dela separación de hecho.
Gracias Pato, me parece quev voy a hacer por el 204... ahora la esposa se "empacó" cual mula, y no quiere iniciar los trámites (el que primero me consultó fue el marido, luego dialogué con ambos). La cuestión no creo que sea demasiado problemática, pues todos los hijos del matrimonio llegaron a la mayoría de edad, y el único bien de la soc.conyugal es la casa matrimonial, donde aun vive la esposa. Saludos!
 #621264  por sole10
 
juancruzachaval escribió:Se me plantea el caso de un matrimonio que hace 10 años dejaron de convivir, y ahora quieren regularizar su situación. Quieren un divorcio de mutuo acuerdo, y yo quisiera saber si puedo representar a ambos (en calidad de patrocinante) al momento de iniciarse el proceso y tramitarlo posteriormente. Ello en virtud de que no quieren pagar otro abogado para que represente a uno de ellos. En conclusión, es posible que yo pueda patrocinar a ambos dadas las características de la situación, e iniciar el divorcio con un mismo escrito, firmando ambos cónyuges en él? Saludos!
¿No te conviene iniciarlo por el 214 inc.2 del CC?
La prueba es muy simple y el trámite termina siendo rápido.