Hola a todos, quiero iniciar una jubilación , pero cuando voy a la autopista de servicios y corroborar los datos personales de esa persona, además que no están acreditados!!, aparece como que tiene que hacer la opción jubilatoria, le contesto a mi cliente que debe hacer la opción???
Otro tema es que mi tía le iniciaron un reconocimiento de servicios en la Udai de Morón el año pasado recién se movió un papel en mayo de este año en donde dice "que se están verificando los aportes etc" Ella si le salía la verf. de aportes ingresaba con la ley de ama de casa que caducó el 30 de abril, ahora mi duda es esta como ella ingresó casi un año antes que caducara la ley, podrá ahora jubilarse aplicando los art 2 y 6 de esa ley, reclamndo que la Udai tardó en fallar en el reconocimiento, alguién le pasó algo parecido???
Ojala me puedan contestar

Otro tema es que mi tía le iniciaron un reconocimiento de servicios en la Udai de Morón el año pasado recién se movió un papel en mayo de este año en donde dice "que se están verificando los aportes etc" Ella si le salía la verf. de aportes ingresaba con la ley de ama de casa que caducó el 30 de abril, ahora mi duda es esta como ella ingresó casi un año antes que caducara la ley, podrá ahora jubilarse aplicando los art 2 y 6 de esa ley, reclamndo que la Udai tardó en fallar en el reconocimiento, alguién le pasó algo parecido???
Ojala me puedan contestar
