Mi consulta es la siguiente: madre e hijo menor de edad, se mudan a Jujuy. Acá en Sta. Fe habían iniciado juicio de alimentos solamente (por otro abogado, el cual retome bajo mi patrocinio este año). Ahora, la madre quiere iniciar la tenencia del menor (nunca se iniciò) en el juzgado de aca de santa fe, domicilio del demandado. Según mi leal entender y consulta con otros colegas, no corresponde iniciar en este juzgado por no corresponder con el domiclio del menor ni de la madre epresentante necesaria, cabría alguna posibilidad de iniciar igualmente? o debe iniciiarse en el juzg. competente de Jujuy?? Otra duda, de la cual tambièn me consulta, es por adiciòn de apellido materno al apellido de su hijo, respecto a la misma tambièn tengo pensada una respuesta negativa ya que de la reseña de jurisprudencia y legislaciòn solo se admite por justos motivos, los cuales no egloban la situaci`n de que el padre no tenga cocto alguno con el menor, ni el menor es conocido por el apeelido de la madre. Sialguien tiene alguna idea, comente!!