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 #623525  por marianalarra1
 
Estimados colegas: tramito una sucesión en Capital. El causante tenía una cuenta corriente y una caja fuerte en un banco. Cuando el juzgado ordena cerrarla, el banco la cierra, se presenta en el expediente y dice que la cuenta quedó con un saldo acreedor de 900 $. Los herederos quieren pagar ese monto pero es imposible hacerlo en el banco porque este lo derivó a un estudio al que es imposible contactar. Mi pregunta es la siguiente: ¿Puedo yo depositar directamente ese monto en la cuenta del juzgado y así evitar que la deuda se siga incrementando? ¿cómo se trata habitualmente el tema de los acreedores del causante o de la sucesión? ¿las cancelaciones se tramitan en el expediente de la sucesión o se la realiza externamente y luego se las acredita en el expediente?
Desde ya muchas gracias
Mariana