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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #622953  por estudiolaw
 
Tengo una clienta que no percibe los alimentos desde que se firmó el convenio en el año 1999, dicho acuerdo figura en la sentencia, pregunto, puedo exigir desde esa fecha o prescribe a los dos años.
 #622985  por sebastianba
 
Ese convenio está homologado? Considero que se puede ejecutar tranquilamente por incumplimiento. Igual esperá otras opiniones... *suerte*
 #623304  por MALVINACH
 
estudiolaw escribió:Tengo una clienta que no percibe los alimentos desde que se firmó el convenio en el año 1999, dicho acuerdo figura en la sentencia, pregunto, puedo exigir desde esa fecha o prescribe a los dos años.
Hola! Por lo que tengo entendido los alimentos no preescriben. Si está homologado podés Hacer la ejecucion de los mismos más intereses.
 #623527  por MCD
 
Los alimentos fijados en favor de menores de edad son imprescriptibles.
Los alimentos fijados en favor de alimentados mayores de edad prescriben a los cinco años (art 4027, inc 1, CC)
Lee tmbn el art 645 del CC que está relacionado a la caducidad de alimentos atrasados