Estimados colegas: es mi primer post y antes que nada quiero decir varias veces he leído el foro y aprendido y aplicado muchas de las cosas manifestadas.
Mi consulta es por el siguiente tema: tengo una cliente que trabajó en negro durante 8 meses en un centro de belleza. Ya intime por la Ley 24013 y tenemos fecha en el SECLO para la próxima semana.
Ahora quiero practicar la liquidación de lo que voy a reclamar y me encuentro con que conforme el convenio de esteticistas, peluqueros, etc aplicable a este caso particular se les reconoce además de un salario mínimo un porcentaje como comisión por los ingresos que le generen al establecimiento donde se desempeñen.
Mi cliente durante los meses en los que no estuvo registrada recibió el pago del salario mínimo del convenio no así las comisiones.
Ahora bien: en mi liquidación debería reclamar esas comisiones adeudadas, pero con que parámetros las calculo en el caso concreto ?. Y de poder hacerlo, aunque sea aproximadamente, las considero como parte integrante del salario a efectos de determinar la mejor remuneración recibida ?. Si es así se va a modificar sustancialmente el monto final a reclamar.
Espero haber sido lo más claro posible, y agradezco cualquier ayuda. Gracias. Saludos
Mi consulta es por el siguiente tema: tengo una cliente que trabajó en negro durante 8 meses en un centro de belleza. Ya intime por la Ley 24013 y tenemos fecha en el SECLO para la próxima semana.
Ahora quiero practicar la liquidación de lo que voy a reclamar y me encuentro con que conforme el convenio de esteticistas, peluqueros, etc aplicable a este caso particular se les reconoce además de un salario mínimo un porcentaje como comisión por los ingresos que le generen al establecimiento donde se desempeñen.
Mi cliente durante los meses en los que no estuvo registrada recibió el pago del salario mínimo del convenio no así las comisiones.
Ahora bien: en mi liquidación debería reclamar esas comisiones adeudadas, pero con que parámetros las calculo en el caso concreto ?. Y de poder hacerlo, aunque sea aproximadamente, las considero como parte integrante del salario a efectos de determinar la mejor remuneración recibida ?. Si es así se va a modificar sustancialmente el monto final a reclamar.
Espero haber sido lo más claro posible, y agradezco cualquier ayuda. Gracias. Saludos
