Si declaran estar separados de hecho mas de 3 años sin voluntad para volver a vivir juntos, 214 inc 2º - mutuo acuerdo, luego de firmado el acta, va directo a sentencia (nada se pide), salvo que haya menores para lo cual hay que presentar acuerdo de alimentos tambien de mutuo acuerdo para que se expida el ministerio pupilar.