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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #59677  por Guada75
 
Hola a todos. Me diagnosticaron hernia de disco lumbar. Estoy con licencia laboral hace mas de 2 meses, tengo 4 años y 10 meses de antiguedad, por lo que ya se me esta terminando la licencia con goce de sueldo. Mi traumatologo me dio de alta pero el medico laboral contratado por mi empleador no me permite volver a trabajar. Como procedo ante estos casos? No puedo quedarme sin sueldo.
En caso de que me den de alta, durante 2 años no puedo tener nuevamente licencia por este tema? y si me tienen que operar? Por favor si pueden denme una respuesta! Muchas gracias.

 #60476  por sergiosky
 
pues estamos ante una enfermedad inculpable (para la ART) y no te van a cubrir los gastos de internacion, operacion o lo que sea, asi que hagas la denuncia o no es lo mismo. a vos te corresponde 3 meses de licencia por enfermedad o 6 si tenes carga de flia.
una vez vencido el plazo y si te dieron de alta te tenes que presentar a trabajar, si el empleador te dice que no... tenes que intimar a que te dejen retomar tareas segun el alta medica que queda a disposicion del empleador bajo apercibimiento de considerarte injuriada e indirectamente despedida en caso de negativa.
es decir, no podes forzar a tu empleador a que te retome, quizas no le conviene que labures asi porque lo vas a hacer a media maquina, que porcentaje de incapacidad te dio el medico? quizas podes pedir una reubicacion en otro sector (sin disminucion de sueldo) tambien podes intimar eso pero quizas el empleador ya decidio que no le conviene tenerte asi, lo mejor es arreglar con tu patron para que te indemnice debidamente. luego podes iniciar un daños y perjuicios y para ello tenes que demostrar que la hernia se te origino en ocasion al trabajo (ojo, no es una enfermedad profesional) hay que demostrar el nexo causal entre la actividad y el daño. en resumen, tenes 2 acciones para iniciarle a tu empleador: la demanda laboral si es que no te quiere indemnizar; e independientemente la civil por la hernia causada.

 #60546  por Guada75
 
Gracias Sergiosky, es que no me quiero quedar sin trabajo, vivo de ese sueldo... En caso que me den el alta dentro de los 3 meses, como es eso de la recidiva que no puedo volver a tener licencia por hernia lumbar en los siguientes 2 años? Eso no lo entiendo.... Gracias!!!!

 #60596  por Sailaw
 
Hernia de disco?, y eso no puede provenir de la carga de pesos?, habría que ver el tema.

 #60598  por karurede
 
Hola. Creo que deberias pedir el ingreso a la art a tu empleador y que diga ella que es inculpable. ¿tenes examen pre-ocupaional qeu verifique tu lesion? porque sino te tienen que cubrir. Saludos

 #60709  por sergiosky
 
es que la ART no cubre las enfermedades inculpables porque consideran que la hernia no se desarrolla por el trabajo realizado sino porque lo viene arrastrando en forma congenita.
la ART no te lo va a cubrir ni a palos porque esa dolencia esta fuera del listado del PEN, y el seguro de la ART solo cubren las enfermedades o accidentes del listado. y el empleador tampoco te lo va a cubrir, va a hacer lo que hizo... darte la licencia.
lo que se hace en estos casos es "arreglar" un salida de la empresa que dejen satisfechas a ambas partes, pero si el empleador no quiere dar el brazo a torcer no te queda mas que enviarle un TCL intimandolo a que te dejen retomar tareas de acuerdo al alta medica, pero solicitando que te reubiquen en un sector que no demande tanto esfuerzos fisicos porque la hernia se te va a agravar.
te recomiendo que concurras a un abogado para que te asesore.
lo de la recidiva es porque si en el lapso de 2 años tenes la misma enfermedad que se manifiesta no te comprenden distintos plazos de licencia, se consideran que son recaidas de la misma enfermedad, pero tiene que ser mismos sintomas. ej: tenes pulmonia y te dieron licencia por 6 meses y al 4to mes te recuperas y te viene una recaida no comienza de 0 la licencia sino que tenes que completar los 6 meses porque la recaida se dio dentro de los 2 años.
saludos.

 #60717  por Guada75
 
Gracias a todos por tomarse su tiempo y contestarme! ... tendré que asesorarme bien con un abogado laboralista, porque yo de esa rama no se nada. Lo de la reubicación lo veo difícil porque soy abogada y trabajo 9 hs. sentada frente a la computadora en una mala posición, con una silla con el respaldo vencido, que pedi varias veces que me la cambien y nunca me dieron bola, de tonta no lo pedi por escrito... en casa de herrero, cuchillo de palo. Y en el lugar donde trabajo, todos estan sentados! y esa es la posición que más me duele, o sea trabajos mas leves que este no puedo hacer. Bueno gracias a todos y muchos saludos!!!

 #61122  por sergiosky
 
pues...por lo que comentas la hernia no se te originaría por motivos al trabajo que realizas, sino que ya la venias arrastrando desde hace un tiempo y lo traes de forma congenita, por lo que veo muy dificil por no decir imposible que busques un resarcimiento por la via civil ya que no podras comprobar el nexo causal entre tu dolencia y el trabajo que desarrollas, es decir... que estes mucho tiempo sentada es causal de que la hernia te moleste obviamente, pero no es generadora de la misma.
segun por lo que he visto en varias paginas de medicina legal la hernia suele ser congenita, se puede dar el caso de que por un mal esfuerzo se te desarrolle (enfermedad accidente) pero normalmente existe una predisposicion genetica a que en algun momento de tu vida se te manifieste, por eso es necesario la causalidad del esfuerzo fisico, pero si vos estas sentada no habria esfuerzo y se interrumpiria el nexo causal.
pase lo que pase tenes que hacerte tratar la hernia ya que tengo entendido que son curables mediante una intervencion quirurgica o algun otro tratamiento. lo que no impide que aun asi reclames una indemnizacion laboral ya que si obtenes el alta medica el empleador no debería impedirte el reingreso, y si lo hace tiene que indemnizarte porque te estaria despidiendo en forma indirecta, el monto que te de variará segun la incapacidad que tengas (porcentaje) por lo que te recomiendo que leas desde el 208 al 213 LCT.
suerte.

 #61912  por FREDY44
 
Permitame discrepar con usted respecto a lo congenito, hoy para el derecho todo es congenito, pues por lo poco que puedo inducir guada 75 tiene 32 años, estas no son edades de manifestaciones de este tipo de dolencias y por mas que exista una PREDISPOSICION GENETICA, TIENE QUE HABER UN MEDIO DESENCADENANTE, llamese, falta de cuidado del empleado, falta de ejercicio fisico por la cantidad de horas de labor o falta de elementos del empleador para cuidar al empleado, etc, ahora resulta que TODO ES CONGENITO y a los 30 Y PICO, pues realmente estamos todos estropiados (el que les escribe les cuento tengo 3 hernias cervicales y estoy en juicio) es hora de que todos nosotros desde el lugar que ocupamos RESPONSABILIZEMOS a las empresas por el daño social que provocan por el ahorro en sus costos, antes nadie tenia PROBLEMAS CONGENITOS A LOS VEINTI O TREINTA Y PICO, Pues el medio entiendo es el desencadenante y depende de todos que le demos un vuelco a este concepto, desde nosotros hasta la justicia.

Respecto a Guadalupe, te recomendaria que le pidas a tu medico que te de un alta temporaria de 4 horas y que se la presentes a tu empleador, despues contame como sigue el tema

Saludos a todos

FEDE.

 #61946  por Sailaw
 
Muy bien lo tuyo Fredy!!! lo del tema congenito, es una piolada de las ART. herencia maldita del Menemato!!!! que el infierno lo tenga proximamente entre sus usuarios.

 #62371  por sergiosky
 
ok freddy, pero lo de congenito o no no lo digo yo lo dicen los medicos.
no se explicarte con terminos tecnicos pero es algo asi como un degeneramiento en la zona afectada y que obviamente hay un desencadenante pero que una persona ya tiene tendencia a sufrirlo en algun momento de la vida, es como si fuese una hipertension, una diabetes, o una insuficiencia cardiaca. todo ayuda pero vos tenes que probar que el trabajo realizado te agravó la dolencia porque ni a palos vas a poder demostrar que la hipertension o la diabetes es a causa del trabajo pero si que se te agravo a causa del trabajo. y con respecto a la hernia no es tan distinto, tenes que probar que tu trabajo demanda esfuerzos fisicos, pero segun lo que dice guada ella estaba la mayor cantidad del tiempo sentada y eso es una posicion que le hace molestar la hernia que ya tiene, no que se le desarrollo ahi.
ahi esta la diferencia. que le vas a decir al patron... ¿por que no hizo algo para que no le duela la hernia a su empleada? ¿por que la hace trabajar tanto tiempo sentada?... el patron te va a contestar que justamente cuando le detectaron la hernia procedio a otorgarle licencia por enfermedad inculpable tal cual lo preve la LCT, ahora vos no podes obligarlo a que te retome al vencer la licencia porque quizas para el patron vos ya no le convenis con una hernia detectada. ahora en terminos legales yo pienso que si el trabajo de guada es solamente estar sentada no va a poder demostrar un nexo causal entre la hernia y la actividad desarrollada (por mas que tenga 20 o 30 años) es mas... el hecho de estar sentada, de no realizar esfuerzos, y de tener menos de 40 años es un signo inequivoco de que la hernia es congenita porque si vos tenes 30 y pico y te detectan una hernia es porque te reventaste los lumbares con un gran esfuerzo fisico sino no se explica que lo tengas.
a mi parecer va a tener que reclamar que la dejen retomar tareas debido al alta medica y si el empleador se opone considerarse despedida, pero no le veo fundamento para un resarcimiento por la via civil.

 #62381  por Sailaw
 
Epa, epa, lo congenito implica una predisposición, que cuya afección puede bien ser causada por el trabajo realizado, uno en lo congenito puede estar expuesto a contraer la dolencia, pero la causa es externa si se trata de trabajos fisicos que la originan.

Yo creo que si puede ir por la acción civil, claro que se necesitan comprobantes médicos exactos respecto de las causas externas y precipitantes de la dolencia.

 #62488  por sergiosky
 
sailaw, estoy totalmente de acuerdo con vos, pero me refiero en el caso puntual de guada. ella no realiza actividad laboral que le demande ese esfuerzo que vos decis, obviamente que si ella arrastraba cosas o levantaba pesados bultos yo tambien sin duda alguna reclamaria por la via civil porque justamente ahi estaría el nexo causal y el daño que tenes que demostrar, pero ella dice que estaba la mayor parte del tiempo sentada... donde esta el esfuerzo fisico ahi?? obviamente lo suyo es congenito, la hernia ya la tenia porque con 30 y pico y estando sentado es imposible que se te desarrolle una hernia, y tampoco podes decir que el empleador ayudó a que se agrave... ¿trabajar sentado predispone al desarrollo de la hernia?, ¿es culpa del empleador?, ¿que pasa con las secretarias o las cajeras de los super¿?¿. el patron a mi modo de ver hace bien, al detectarle la hernia le concede la licencia por enfermedad tal cual lo establece la ley, eso esta perfecto. lo que esta mal es que no la deje retomar tareas a pesar del alta medico, ahi apuntaria yo y no perderia tiempo con la via civil ya que no esta el daño ni el nexo causal probado.