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  • disolucion de la soc conyuga urgente!

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #626587  por RominaBea
 
buenas tardes!
necesito resolver esta duda de manera urgente:

ya salio la sentencia de divorcio. pero por cuestiones economicas aun no han hecho la separacion de bienes.

que regimen subsiste en este periodo?

el tema es que la ex mujer adquiere un bien en subasta judicial, y el ex marido pide la nulidad a la adquisición realizada por su ex esposa, porque la sentencia solo fue de divorcio vincular, y no hubo disolución de la sociedad conyugal, con lo cual, la compra se realizó con bienes conyugales.

a quien corresponde la carga de la prueba ?

muchas gracias
 #626612  por Carmen Susana
 
[quote="RominaBea"]buenas tardes!
necesito resolver esta duda de manera urgente:

ya salio la sentencia de divorcio. pero por cuestiones economicas aun no han hecho la separacion de bienes.

que regimen subsiste en este periodo?

el tema es que la ex mujer adquiere un bien en subasta judicial, y el ex marido pide la nulidad a la adquisición realizada por su ex esposa, porque la sentencia solo fue de divorcio vincular, y no hubo disolución de la sociedad conyugal, con lo cual, la compra se realizó con bienes conyugales.

a quien corresponde la carga de la prueba ?

muchas gracias[/quote]
Si existe sentencia de divorcio vincular firme y consentida la sociedad conyugal se disolvió si el divorcio fue por causal subjetiva u objetiva, el día de la traba de la litis, si ha sido por presentación conjunta el día de la presentación de la demanda.-
Mientras no se liquide la sociedad cada uno sigue administrando los bienes que están a su nombre.- No entiendo por qué pide la nulidad de la compra, pues no existe impedimento alguno para comprar.-
En principio al estar disuelta la sociedad conyugal al tiempo de la subasta, la carga de la prueba le corresponde a quien solicitó la nulidad.- Te recomiendo que leas el art. 1306 del CC y sus comentarios.- Ojo que estoy opinando sin saber bien el caso concreto, sólo me atengo a lo que expones.-