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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #623559  por Dra.pi
 
Hola! Ya que estan con este tema les hago unas preguntas:

1) La apelacion del dictamen de la comision medica, la tengo que firmar yo como letrada, o solo puede firmarla el trabajador??
Tengo entendido que la apelacion a la CMC es la unica que requiere asesoramiento letrado.

2) Uds adjuntan algun informe de algun legista a la apelacion??

3) El domicilio constituido debe ser si o si en capital federal cuando se apela el dictamen de la CM?

4) Como hace para cobrar el cliente una vez que la CM dictamino?? la ART lo cita? o tenemos q intimarla??

Gracias!!

Agradezco que me puedan ayudar, ya que estoy perdida!!

Saludos!!
 #626654  por dradilella
 
HOla, la firmas como patrocinante y constituis domicilio. Se presenta en CMC.

Uds adjuntan algun informe de algun legista a la apelacion??
No hace falta, transcribilo en la apelacion, y si queres acompañala

El domicilio constituido debe ser si o si en capital federal cuando se apela el dictamen de la CM?
Si porque va a la Camara Federal de la Seguridad Social en capital

Como hace para cobrar el cliente una vez que la CM dictamino?? la ART lo cita? o tenemos q intimarla??
Pueden pasar las dos cosas. Es como un juicio normal, tenes sentencia no te pagan ejecutas.

Suerte y saludos.
 #626670  por agentil
 
Dra.pi escribió:Hola! Ya que estan con este tema les hago unas preguntas:

1) La apelacion del dictamen de la comision medica, la tengo que firmar yo como letrada, o solo puede firmarla el trabajador??
Tengo entendido que la apelacion a la CMC es la unica que requiere asesoramiento letrado.

2) Uds adjuntan algun informe de algun legista a la apelacion??

3) El domicilio constituido debe ser si o si en capital federal cuando se apela el dictamen de la CM?

4) Como hace para cobrar el cliente una vez que la CM dictamino?? la ART lo cita? o tenemos q intimarla??

Gracias!!
Agradezco que me puedan ayudar, ya que estoy perdida!!

Saludos!!
1)SI FIRMAS VOS Y EL TRABAJADOR
2) SI LO TENES ES MEJOR, TE AYUDA
3)SI.
4)LA CMC ORDENA A LA ART PAGAR.
TENE EN CUENTA SI AL LLEGAR A LA CMC NO PODES LUEGO PEDIR INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS COMISIONES MEDICAS, ESTO SEGUN LO QUE ENTIENDO YO. SUERTE!!
SUERTE
 #626758  por Dra.pi
 
Yo habia leido en el foro, que si el empleado se presenta sin abogado en las comisiones medicas si se puede plantear la inconstitucionalidad.

Segun tengo entendido para apelar el dictamen de la comision medica no es necesario tener abogado.

Si es necesario para apelar el dictamen de la CMC.

Que opinan??

Gracias argentil por tus respuestas!! muy utiles!!
 #626941  por dradilella
 
Hola, yo gane varios en que llegue a Comisión Medica, cobrando diferencias que no estaban en CM, pero hasta ahi llegue y luego plantee inconsitucionalidad en laboral denunciando pago a cuenta. Suerte
 #626980  por Dra.pi
 
Las diferencias a que te referis cuales son? Por ej, en el % de incapacidad?

Al plantear la inconstitucionalidad de las CM en que te basas? en que tu cliente fue sin abogado? o vos lo representabas en las CM??

El posterior juicio laboral lo haces segun la LRT o accion civil?

Muchas gracias!!
 #626983  por dradilella
 
Hola el planteo pasa por la insuficiencia de las prestaciones dinerarias segun la LRT, cuando va a CM yo nunca aparezco, cuando apela a CMC tampoco firmo. Pero escuche de casos donde firmaron y no hubo problemas, por que lo que se pago se toma como pago a cuenta. Tenes que sacar las cuentas por el caso Buotto y si la diferencia justifica ahi te vas contra el empleador y la ART por la diferencia de plata reclamando reparacion integral con base en articulos del codigo civil, fijate que creo que por el foro hay modelos de demanda. Si no avisa, saludos.
 #627236  por agentil
 
A la comision medica central tenes que ir con firma de abogado, lo dice la norma. suerte!