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 #623825  por danigross1
 
HOLA, LES COMENTO EL CASO, A MI CLIENTE SE LE DICTA AUTO DE PROCESAMIENTO POR LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO QUE OCURRIO HACE DOS AÑOS, EL PROBLEMA ES QUE MI CLIENTE ESTA TOTALMENTE INCAPACITADO (LA INCAPACIDAD ES IDEPENDIENTE AL ACCIDENTE), NO PUEDE HABLAR, CAMINAR, NI MUCHO MENOS FIRMAR, EL YA HABIA DESIGNADO A UN ABOGADO CUANDO ESTABA BIEN, LO QUE PASA ES QUE ESTE "ABOGADO" HIZO ABANDONO DE LA CAUSA, Y EL NO ME PUEDE DESIGNAR COMO SU ABOGADO POR LAS RAZONES EXPUESTAS. YO PRESENTE UN ESCRITO CON LA FIRMA DEL CONYUGE EN EL QUE ME DESIGNA COMO ABOGADO, EL JUEZ TIENE QUE RESOLVER. MI PREGUNTA ES SI EL, EN EL ESTADO QUE SE ENCUENTRA PUEDE SER PROCESADO? MUCHAS GRACIAS.
 #624166  por ronrrin
 
danigross1 escribió:MI CLIENTE ESTA TOTALMENTE INCAPACITADO (LA INCAPACIDAD ES IDEPENDIENTE AL ACCIDENTE), NO PUEDE HABLAR, CAMINAR, NI MUCHO MENOS FIRMAR,

acompaño certificado médico? Se inició curatela a su cliente?
Lo pueden procesar igual, todo depende de que pruebas haya en su contra que hagan mérito al procesamiento y cual estrategia tenga a la hora de la defensa, al ser lesiones "a secas" la pena en expectativa nos dá como para que sea de ejecución condicional, sin mencionar las condiciones personales de tu cliente -puede acceder a la probation???.
 #624403  por danigross1
 
Si presente certificado medico, todavia no se inicio la curatela, pero nose si vale la pena iniciarla porque mi cliente esta en una situacion muy critica.
 #625314  por ronrrin
 
ok, la curatela siempre es necesaria, en este caso especialmente porque "la esposa" no es el imputado y NO PUEDE FIRMAR POR EL, aca todo es personal, y si vos fueras apoderado igualmente tenes que estar autorizado por él. En cuanto al tema procesal, toma vista urgente del expediente, seguramente te van a pedir que acredita la esposa su calidad de apoderada, igual pregunta quien lleva el expediente y charla con esa persona directamente por tu particular situación. Para que puedas interiorizarte un poco. Esto es en pcia. o Capital?
 #625482  por danigross1
 
ES EN LA PROVINCIA DE JUJUY, OSEA QUE TENDRIA QUE INICIAR LA CURATELA SI O SI PRA QUE ETONCES SU CONYUGE ME PUEDA DESIGNAR COMO DEFENSOR TECNICO?
 #627278  por danigross1
 
sigo esperando respuestas, gracias
 #627341  por ronrrin
 
Hola disculpa la demora, yo creo que sí, porque hasta que un juez no lo declare incapaz, el es plenamente capaz de afrontar un juicio penal, o, como hacen muchos represores, por razones de salud no se presentan en el jucio, pero si designan defensor, por que es EL quien te designa como defensor, igualmente hablalo con el instructor de la causa para ver de que manera te podes manejar.
Fijate que te proveen con el certificado que presentaste.
Suerte.