Hola, hice unas cuantas jubilaciones y/o pensiones, pero estas son las primeras que hago con moratoria y me surge una duda:es necesario utilizar la situación de revista ampliada para los períodos que se compran? o puedo cargarlo todo en le situción de revista original? Y otra cosita, cuál es el valor máximo de la cuota para que venga descontada desde la segunda automáticamente del haber? Muchísimas gracias a quienes puedan aportar su respuesta