Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • CERTIFICADO ART 80 ENTREGADO EN EL SECLO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #630593  por angelesdelara
 
Hola
Tengo una duda, intime luego de un año y medio de extinguido el vinculo a la entrag de los certificados. espere los dos dias y luego inicie el seclo. En la primera audiencia la demandada no lleva los certificados, y solo lleva el de servicios y remuneraciones a la segunda. (no el de trabajo que estaba reclamado). Fueron recibidos pero el conciliador no permitio dejar constancia de que la entrega era extemporanea y de que faltaba el otro certificado.
Ahora bien, el certificado tiene firma certificada posterior a los dos dias en que debian entregarse, pero oaun asi observo jurisprudencia que pareciera entender que aunque el emplador no cumplio con e plazo legal (dos dias) no corre la multa si tuvo voluntad de cumplir y los acompaño en el seclo o en la contestacion de demanda.
Esto es correcto? porque considero que la multa corre igual ya que la ley lo determina asi y el empleador incumplio.Alguna idea?