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 #630292  por chequi
 
un amigo esta cumpliendo condena por una causa federal venta de marihuana o algo asi y esta a pocos dias de cumplir con la prision y salir con libertad condicional y aparentemente hay una causa x robo calificado del año 2003 que estaria por moverse en estos dias el estubo preso 5 dias por esa causa puede ser que se mueva ahora pasados 7 años? que pena le coresponde? puede ser que tenga que ir preso despues de tanto tiempo de la causa?
 #630479  por feragus
 
Sí, puede ser. Lo que puede ocurrir es que esa causa lo requiera y entonces no se haga efectiva la libertad condicional. Habría que ver si esa causa por robo calificado no está prescripta.
 #630691  por PenalistaCBA
 
feragus escribió:Sí, puede ser. Lo que puede ocurrir es que esa causa lo requiera y entonces no se haga efectiva la libertad condicional. Habría que ver si esa causa por robo calificado no está prescripta.
Más aún esto sí tomamos en cuenta lo establecido en el art.62, inc. 2 del CP; y lo cotejamos con los 15 años de pena máxima que establece el art. 166 del C.P. para el delito de Robo calificado (y ni hablar si la calificante es por el uso de arma de fuego apta... ya que ese pequeño detalle NO es aclarado en el post) ... Creo que es hora de que busquen a un buen abogadoooo defensorrrr!!!...

Oseaaa... Iooooooo....juajajajajaja... :mrgreen:
 #630948  por urdangaraydr
 
hola es increible como las personas pasan a una instancia penal en un abrir y cerrar de ojos y de como la gente al no gustarle el mensaje mata al mensajero, me explico bien ? con respecto al colega que lleva adelante la defensa tiene lo que todos tenemos como profesionales un titulo habilitante y un tomo y folio o matricula . Mas las discrecionalidad. No estamos obligados a resultados si no a medios y creo que si no se le tiene confianza se lo debe reemplazar por otro que el reo y su famila crean que es el mejor. Ya rendimos examen antes y no veo por que debamos hacerlo con los clientes.
Despues de todo veo que se esta poniendo la cosa afuera y se minimiza un acto criminal que si se hubiera pensado antes las consecuencias que acarrea infringir la norma trae para el REO y terceros . Es obvio que todos tiene derecho a la defensa y en todo caso si no se logra un beneficio maximo se logre una condena lo mas leve posible ya que no somos nosotros los que calificamos el delito cometido no ponemos las penas.
Todos podemos opinar de la discrecion de cada profesional si lo hacemos con altura y etica ya que el saber de unos redunda en beneficio de otros.
El relato subjetivo del familiar tiende a minimizar el hecho por que es dificil aceptar una realidad dura y es mas facil echarle la culpa al letrado defensor.
LO QUE NO SE PODRA ALEGAR ES QUE EL DERECHO ES CONOCIDO. iuris et de iure est .