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  • ALIMENTOS PROVISORIOS NUNCA DEFINITIVOS.- PRESCRIPCION

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #629514  por toto562
 
Estimados especialistas en derecho de familia. Tengo un cliente con una situacion bastante particular.
En el año 2001, le inician demanda por alimentos, regimen de visitas y tenencia.
Ante la falta de acuerdo en la audiencia, el Juez fijo alimentos provisorios de $ 200.
El demandado cumplia pero nunca pedia recibos.
En el 2003, en audiencia fijan la tenencia de dos de sus hijos a favor de la madre y de los otros dos en cabeza del padre, compensandose los alimentos.
En 2004, se presenta unilateralmente la actora y menciona que estan asu cargo los 4 hijos, se cito al demandado y no fue.
No se hablo de cuota aliemntaria.
La ultima intimacion de pago fue hecha en 2005, abril.
Hoy 2010, le ejecutan y reclaman 22 mil pesos, reclamandole cuotas de $ 200 desde 2001 y le embargaron todo.
Me viene a ver el demandado, diciendo que estuvieron dos de sus hijos con él.
El demandado vive con el dinero justo, y la actora tiene excelentes condiciones economicas, con el agravante que ella lo abandono, y se fue con el primo del actor.

Pretendo pedir prescripcion del 2005 para atras. y para adelante decir que no se fijo judicialmente por el acuerdo que hubo en 2003 ( tenencia compartida y compensacion de aliemntos)
 #629564  por viko
 
como primera medida, leer el codigo civil. No lo tengo a mano, pero creo que la prescrpcion de los alimentos es de un año.
para lo demas: un incidente de reduccion o cesacion de cuota.-
saludos
 #630093  por Pato272727
 
Estudiaría si prescriben los derechos de los menores. Creo que no pero no se si no me confundo con que no caducan? La prescripción es de 5 años. En uno u otro caso prescriben o caducan por inactividad. Ojo que una defensa prospera y la otra no, pero no me acuerdo cual.
Plantearía que el cambio de tenencia extinguió la obligación alimentaria. Sin tenencia no hay representación legal y si ella no hay derecho a representar al hijo en el juicio de alimentos. Alegando pagos en especie y sin recibo. (nueve años sin mencionar la falta de pago?)
Alegaría que ella nunca obtuvo la tenencia y habiendo una decisión judicial contraria no puede reclamar por ese periodo.
No mencionaría mucho lo del primo(una vez y al pasar puede ser pero mencionandolo como de casualidad y relacionado con algo relevante: no tienen necesidad, ella y mi primo viven juntos desde XXX y ambos tienen buenos ingresos).
 #630421  por Tiburcio
 
A ver si entendí bien: ¿En el juicio de alimentos se fijaron alimentos provisorios en 2001 y en 2003 se dicta sentencia o acuerdo estableciéndose que cada uno cubre los alimentos correspondientes a sus hijos?
Si esto es así yo lo veo de este modo.
a) los alimentos provisorios participan del carácter de las medidas cautelares. Por lo tanto, quedaron sin efecto en 2003 al dictarse sentencia o llegarse a un acuerdo.
b) Si en 2003 no se fijó una cuota específica a cargo del señor, no hay obligación alguna a partir de ese momento.
c) En cuanto a las cuotas provisorias de 2001 a 2003, creo que se puede argumentar con bastantes probabilidades de éxito que tampoco pueden ser reclamadas, porque al dictarse sentencia o llegarse a un acuerdo se evidenció que los hijos estaban a cargo de los dos padres, y pedir el rechazo.
c) Subsidiariamente, se puede pedir la prescripción de cinco años prevista en el Código Civil.
d) Si le han embargado dinero al señor no te olvides de impedir que sea entregado a la contraria y buscá invertirlo en dólares u otra cosa hasta que se resuelva la cuestión
 #630833  por toto562
 
Tiburcio, exactamente los argumentos que pusiste son identicos a los que plasme en el escrito de " Impugnacion de Liquidacion", considero que no hay deuda exigible, esperemos que me salga bien, cuando tenga la reolucion te la comento. Gracias por responder. Saludos Cordiales.