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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #630731  por Brunito
 
Hola presente mi primera demanda laboral y en el primer proveido dice que se le tiene que correr traslado a la contraparte. NOTIFIQUESE. Como sigo??? tengo que hacer la cedula yo??? disculpen la ignorancia...
 #630740  por lgaston
 
Hola Brunito, en principio en Pcia no tenes que hacer nada el mismo tribunal redacta y envía la cedula.
 #630896  por DRJOTA
 
Coincido con lgaston, no obstante ello, ante la duda consultalo en el Juzgado, pero seguro te confirman que ellos confeccionan la cédula de traslado.

Exitos!!
 #631071  por MORGAN
 
En pcia de bs as en algunos tribunales las cédulas de traslado de demanda las tenés que hacer vos. preguntá.
 #631551  por Brunito
 
aclaro que tramita en san isidro y hay que notificar la demanda en capital. Seria cedula ley en ese caso no??? y esta si la tengo que hacer yo y diligenciar yo????
Al final del proveido dice "en la misma fecha libré 1 cédula. Conste"

Asimismo hay dos puntos del proveido que dicen lo siguiente.III. De la demanda interpuesta corrase traslado a ............ Notifiquese con copias.
IV. La parte demandada deberá r
 #631553  por Brunito
 
IV. La parte demandada deberá reconocer o desconocer expresamente cada uno de los documentos acompañados con la demanda, bajo apercibimiento de tenerlos por reconocidos.......NOTIFIQUESE.
 #632510  por GU
 
Haces una cedula ley (con copias de la demanda y documentacion acompañada), que incluya la resolucion que estas notificando, la haces sellar en el juzgado, y la ingresas en la oficina de notificaciones de Capital Federal.

Salutes!