hola buenos dias, tengo un hijo de 17 años adicto, tiene una causa por tratativa de robo a raiz de esto, lo internamos en julio por adiccion un mes y luego salio con tratamiento ambulatorio pero no quiere seguir el mismo, se nos escapa y esta otra vez con sus supuestos "amigos".
con su papá queremos pedir protección de persona (creo que es el art 482 de código civil) no informaron que debemos ir al lavalle 1220 capital.
mi consulta en cuanto tiempo el juez dispone la internación,si el no acepta, como hace el juez para disponer la internación. tenemos obra social, esta nos cubre todo y tienen comunidades. la obra social debe darnos un lugar de forma inmediata??
muchas gracias
con su papá queremos pedir protección de persona (creo que es el art 482 de código civil) no informaron que debemos ir al lavalle 1220 capital.
mi consulta en cuanto tiempo el juez dispone la internación,si el no acepta, como hace el juez para disponer la internación. tenemos obra social, esta nos cubre todo y tienen comunidades. la obra social debe darnos un lugar de forma inmediata??
muchas gracias