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Un nuevo espacio respondiendo a las necesidades del trabajo cotidiano. Lo piden, me entero, lo tienen. Suerte!!!
 #626197  por MARCO82
 
Hola:soy de la provincia de santa fe. se realizo una licitación publica por una municipalidad que en principio parece ser irregular en cuanto a la adjudicacion.
Creo que se debe plantear reconsideración y agotar la via administrativa, pero no estoy seguro.
Por otro lado tengo la duda en cuanto a las NOTIFICACIONES, hasta ahora no se notifico personalmente adjudicacion alguna (por lo menos a quien no gano la adjudicacion y esta disconforme). ¿La notificacion es automatica con la publicacion de la adjudicacion, o se debe hacer notificacion personal?
 #626895  por SlightReturn
 
en cuanto a notificaciones
tiene que revisar la normativa aplicable
que se integra con la norma provincial, ordenanzas municipales y principalmente
el pliego de condiciones generales y particulares de la licitación

si la adjudicación se ha publicado, su cliente se considera notificado desde el día siguiente
a menos que la adjudicación disponga otro plazo

así que apúrese a recurrir!!!! reconsideración (o como se llame) y jerárquico (o como se llame)
 #627504  por SHIMENE
 
Por lo general los ordenamientos suele establecer que la notificación se debe efectuar de manera fehaciente a todos los proponentes.
Salvo en supuestos de contrataciones electrónicas donde la difusión en internet importa una suerte de notificación fehaciente.
No obstante ello, deberá estarse a lo que surja del Pliego y del régimen de contrataciones aplicable.
 #628324  por MARCO82
 
gracias a ambos por responder, estuve leyendo derecho administrativo. La ley organica de municipalidades de santa fe al tratar los recursos aplicables dice que se plantea la reconsideracion dentro de 10 días "desde la notificacion" y el pliego de condiciones dispone "EL CONTRATANTE NOTIFICARA A TODOS LOS PROPONENENTES AL MISMO TIEMPO Y POR COMUNICACION ESCRITO LOS RESULTADOS DE LA LICITACION, LOS CUALES A SU VEZ SE EXHIBIRAN PUBLICAMENTE EN LA SEDE DEL COMITENTE" . La empresa interesada todavia no fue notificada personalmente de adjudicacion alguna, pero se le contesto una carta en la que le pone a disposicion el retiro del dinero en concepto de garantia (por lo que obviamente no fue adjudicada). La cuestion seria determinar concretamente desde cuando se esta notificado: 1) desde la publicacion de la adjudicacion, 2) desde que se le envió la carta para que retire la garantia (sin exponer el resultado de la licitacion, o 3) debe esperar una notificacion personal concreta. ALGUN CONSEJO?
 #629387  por SHIMENE
 
Desde la notificación a los proponentes. La adjudicación es un acto administrativo de alcance particular. La exhibición y/o publicación es a los efectos de la difusión.
Si bien hay variaciones según el régimen aplicable, se suelen difundir cada una de las estapas de los procedimientos de selección, pero a los efectos de la convocatoria, retiro de pliego, publicidad y transparencia.
 #629498  por SlightReturn
 
Si no hay notificación concreta de los resultados de la adjudicación
y sólo notifican sobre el retiro de la garantía
hay vicio en el procedimiento

de hecho, hasta el adjudicatario tiene que ser notificado del retiro de la garantía

por lo demás, Shimene tiene razón... como siempree :wink:
 #629561  por MARCO82
 
gracias a ambos. La verdad es que me viene barbaro porque estaba muy preocupado por los plazos!!!!!!!
Saludos, cualquier cosa vuelvo a escribir.
 #631040  por MARCO82
 
Hola. Al final pude hacerme del expte.
hay un decreto del intendente de la municipalidad que Y VISTOS: (nada relevante) Y CONSIDERANDO: (TODAS LAS OFERTAS SON VALIDAS) Que en virtud del informe tecnico del Director de Obras Publicas, de la conformidad tecnica y los valores ofrecidos, surge adjudicataria la firma --------------.
Esta es la unica justificacion por la que se otorga la licitación y en el expte no existe dictamen alguno que fundamente la decisión, solo hay un informe que dice que todas las ofertas son validas.
Voy a plantear reconsideración por falta de fundamento del acto (la empresa que lo solicita hizo una oferta mas accesible, aunque es poca la diferencia y tiene mayores antecedentes y solvencia econ).
CUALQUIER CONSEJO SERA AGRADECIDO.
Saludos.
 #632336  por SHIMENE
 
Ese Decreto que resuelve la adjudicación, no se les notificó?
Pediste vista del expediente?
Acordate que la vista suspende los plazos para recurrir.

Les notificaron el informe técnico y/o el dictamen de evaluación???
 #633733  por SlightReturn
 
lo único que se puede atacar es la motivación del acto
la 'discrecionalidad técnica' de ese informe
es la que pesa más que los datos objetivos

esas adjudicaciones son actos administrativos idénticos
que se basan en la opinión del funcionario
más que en criterios mensurables por datos concretos de la oferta
es difícil de obtener una revocación de esa adjudicación
porque seguramente ese informe técnico
es el que da más puntos a la oferta ganadora
 #745684  por MARCO82
 
Reabro el post. Se planteo reconsideracion ante el decreto del Intendente. El recurso fue abierto.
SHIMENE: en cuanto al informe técnico y/o el dictamen de evaluación, te comento que no soy experto en este tema, pero en el expte previo al recurso deducido solo habia: DECRETO de adjudicacion: EN VIRTUD DEL INFORME TECNICO DEL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PUBLICAS Y PRIVADAS (que lo unico que dice es que todas las empresas tienen antecedentes similares) DE LA CONFORMIDAD TECNICA CORRESPONDIENTE (supongo que es el dictamen anterior porque no hay otra cosa) Y LOS VALORES OFRECIDOS (la oferta de mi cliente es mas economica que la ganadora) SE ADJUDICA A .........S.A.
Esto es lo unico que hay.
SLIGHT RETURN: me das algun consejo libro o fallo para atacar la discrecionalidad tecnica. Por otro lado vi el expte. y la verdad es que no encuentro absolutamente ningun fundamento de porque se otorga la licitacion a la empresa ganadora. NO HAY NADA!.

Les comento que el expte esta a la espera de la produccion de una prueba (oficio) que seguro no se va a contestar, por lo que la idea es interponer amparo por mora y luego ir a la Camara Administrativa de Santa Fe.
Saludos y gracias a todos.
 #748610  por MARCO82
 
Reabro el post. Se planteo reconsideracion ante el decreto del Intendente. El recurso fue abierto.
SHIMENE: en cuanto al informe técnico y/o el dictamen de evaluación, te comento que no soy experto en este tema, pero en el expte previo al recurso deducido solo habia: DECRETO de adjudicacion: EN VIRTUD DEL INFORME TECNICO DEL DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PUBLICAS Y PRIVADAS (que lo unico que dice es que todas las empresas tienen antecedentes similares) DE LA CONFORMIDAD TECNICA CORRESPONDIENTE (supongo que es el dictamen anterior porque no hay otra cosa) Y LOS VALORES OFRECIDOS (la oferta de mi cliente es mas economica que la ganadora) SE ADJUDICA A .........S.A.
Esto es lo unico que hay.
SLIGHT RETURN: me das algun consejo libro o fallo para atacar la discrecionalidad tecnica. Por otro lado vi el expte. y la verdad es que no encuentro absolutamente ningun fundamento de porque se otorga la licitacion a la empresa ganadora. NO HAY NADA!.
Les comento que el expte esta a la espera de la produccion de una prueba (oficio) que seguro no se va a contestar, por lo que la idea es interponer amparo por mora y luego ir a la Camara Administrativa de Santa Fe.
Saludos y gracias a todos.
 #748647  por diegoignacio
 
mira si encontras vicios en el acto o la discrecionalidad se extendio mas de lo establecido y entendes que la adjudicataria no cumplia con el pliego o que la oferta era menos beneficiosa brindando el mismo resultado poder recurrir, tambien podes pedir como medida cautelar que el efecto sea suspendido hasta que resuelvan el recurso, ya que si esta adjudicado, la posibilidad de revertir es imposible pero podras reclamar por otros rubros, pensa que la mayoria de las licitaciones publicas sirven para financiar campañas politicas y siempre ganan los amigos de la causa.
el secreto esta en el decreto
 #748724  por MARCO82
 
Gracias Diego.
Te comento que ya se planteo reconsideracion y estoy ya para pedir el pronto despacho.
Cautelar no se puede pedir porque ya empezo la ejecucion de la obra.
El fundamento de la adjudicacion es demasiado escaso tal como lo exprese en el post.
Por ello pido consejos para acudir a la justicia a fin de atacar el acto.
Saludos