La curadora puede abrir la sucesión demostrando su carácter de acreedora. Por lo tanto creo que lo primero que debería hacer es pedir regulación de sus honorarios.
Si la herencia es vacante, una vez que venza el plazo de citación por edictos y nadie se presente, notificarán a la Procuración del Gobierno de la Ciudad.
Hay que tener en cuenta que el Gobierno de la Ciudad, a diferencia de lo que sucedía con el Consejo Nacional de Educación puede no responder, no presentarse o manifestar que la herencia no le interesa.
Si se trata de un inmueble pequeño o se adeudan muchas expensas o cosas así suelen no aceptar.
Por tanto el Juez debe nombrar un curador a esa herencia una vez que la repute vacante y puede llegar a transformarse en un bien mostrenco, o sea disponible para el que lo haya encontrado.
Una última cosa: no decís en tu consulta si hay bienes en la herencia porque si no los hay mejor que de por perdidos sus honorarios
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No hagamos consultas que se resuelven con la simple lectura de los códigos. Saludos,
Tiburcio