HOLA...ME SURGIÓ UNA DUDA CON RESPECTO A UNA SUCESIÓN..EL TEMA ES ASÍ: UN MATRIMONIO TIENE BIENES GANANCIALES, EXACTAMENTE DOS DEPARTAMENTOS, Y LA ESPOSA FALLECE PRIMERO...EL MARIDO ABRE LA SUCESIÓN, LLEGA HASTA LA DECLARATORIA DE HEREDEROS, PERO NO INSCRIBE LA MISMA ANTE EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE.- POSTERIORMENTE ÉSTE FALLECE...Y AHORA LOS HERMANOS DEL MISMO SOLICITAN LA SUCESIÓN PARA LOGICAMENTE HEREDAR ESOS DOS INMUEBLES...UN DETALLE: LA SUCESION EN LA QUE SE LLEGÓ HASTA LA DECLARATORIA DE HEREDEROS, SE REALIZÓ EN LA CIUDAD DE AZUL, ULTIMO DOMICILIO DEL CAUSANTE...AHORA, LA NUEVA SUCESION (QUE DESEAN INICIAR LOS HERMANOS DEL MARIDO) SE DEBE INICIAR EN LA PLATA (ULTIMO DOMICILIO DE ÉSTE CAUSANTE)...LA DUDA ES QUE COMO LA DECLARATORIA NO ESTÁ INSCRIPTA...LOS HERMANOS DEL DIFUNTO: PUEDEN PEDIR QUE SE INSCRIBA PRIMERO LA DECLARATORIA ANTE EL REGISTRO O NO PUEDEN? O BIEN, ABRIR LA NUEVA SUCESION, Y AL HORA DE DICTARSE ÉSTA NUEVA DELCARATORIA PEDIR UNA INSCRIPCION A MODO DE "TRACTO ABREVIADO" POR DECIRLO DE ALGUNA FORMA??
CUALQUIER SUGERENCIA SERÁ BIENVENIDA...
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