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 #635387  por marianmollet
 
Hola a todos!
Tengo q ejecutar unos honorarios y nunca hice este tramite.
La cuestion se da porque habiamos llegado a un plan de pagos de palabra y ahora mi ex clienta (yo renuncie al patrocinio), no quiere hacerse cargo de los aportes de ley que le corresponden a ella.
Su nueva letrada, aduce que me hara una consignacion judicial, ahora: esto no seria un pago parcial al que yo no estoy obligada a aceptar? mas alla de eso..la consignacion no puede repelerse/ rechazarse de modo alguno? Por lo que he leido si...
Graciassss! a los mas experimentados por su aporte
 #636015  por mariferzara
 
hola, me imagino que te habrán dicho que te harán un depósito judicial de los aportes.-Ahí podrás ver de qué se trata finalmente, y no te olvides de darle intervención a la Caja de Previsión Social, porque llevan intereses si se pagan fuera de término-Si fue de palabra, no estás obligada a recibir pagos parciales.- Saludos