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  • CONCLUYE PERIODO DEL 208 - Surge otra cuestión -

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #635943  por KCBOLO
 
Estimados amigos: Tal como manifiesto en el título, tengo un trabajador al cual se le termina muy pronto el periodo del 208 LCT (guarda de puesto con remuneración). El mismo estaría en condiciones de volver a laborar, en cuanto al accidente laboral del cual es dado de alta.
Ahora bien, durante este tiempo de licencia, de imprevisto le surge un problema en un ojo, -en este momento no recuerdo el diagnóstico preciso- el cual de acuerdo a lo manifestado por médicos resulta incurable.
Consulta con la empresa donde trabaja (chofer de colectivos), y esta le responde que lo van a jubilar por incapacidad.
Como esta persona tiene la necesidad y la voluntad de continuar laborando, y visto que en este tipo de empresas existen multiples y variadas tareas que un trabajador puede llevar a cabo, la idea es intimar al empresario para que se de aplicación al art. 212 primer párrafo ?
Quisiera el sesudo análisis de ustedes, haber si estoy bien orientado. Caso contrario espero IDEAS y CONSEJOS. Gracias.-