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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #636087  por JLS
 
Hola esimados colegas:
Recurro a Uds. a efectos de realizar dos consultas, tengo muy poca experiencia en la profesión y menos aún en materia laboral. La primer consulta tiene que ver con que mi cliente, entre otras pretensiones, viene a reclamar diferencias salariales (desde ya que en el topico de la liquidacion este rubro figura), pero la base de calculo para todos los rubros de la liquidacion se toma sobre el sueldo que cobró efectivamente o sobre el debió haber cobrado ??; obviamente que tomando un a u otra cambia radicalmente el monto de la indeminización y de las multas correspondientes. Cuando consulté con algunos colegas no hubo acuerdo y en consecuencia quedé mas confundido.
La segunda cuestión radica respecto al domicilio, no tengo el domicilio real del demandado (comerciante coreano) y el del comercio donde laboraba mi cliente "se mudo". Cabe aclarar que se realizó la instancia SECLO y nadie se prsentó y los telegramas de rigor fueron enviados y contestados menos el último tiempo en que se produjo la "huida". Pregunta: donde demando ?; como hago para averiguar un domicilio real del accionado, solicito en la demanda al juez se libre oficio al RNP, Policia y camara electoral ??. Desde ya gracias por su ayuda.
 #636096  por doctordoctor
 
Todo se calcula sobre los conceptos remunerativos que debio percibir por ley (cct) o si percibia mayor salario que el legal, entonces se calcula con el que percibia realmente.

Siempre sobre valores remunerativos BRUTOS.

Si ganaba 1000 y le correspondian 2000 entonces tenes:

- todo calculo sobre 2000.
- diferencias salariales: $1000 a tu favor por mes.
- multas por trabajo en negro.

Dependiendo si demandas una Sociedad, o una persona fisica o ambos depende los informes que tenes que pedir. En el seclo no se presentaron pero estaban bien notif o viinieron rechazados por domicilio cerrado???

Si es una Sociedad, con la demanda pedi informe a IGJ para que informe el ultimo domicilio legal. Y ahi mandas la demanda, este domicilio es presuncion iure et iuire. Si viniera rechazado se notificara bajo responsabilidad actora.

Si es una persona fisica, manda al registro de las personas y ahi notificas. Si viene rechazado pediras nuevos informes a Policia, o algun otro ente. U optaras por notif bajo resp. Camara electoral en caso de extranjeros no informa dice que es competencia del registro.

Si sabes el nombre fijate en cuitonline.com y ahi por ahi tenes el dato del DNI y en la parte de mapa el domicilio fiscal que quizas puso uno diferente a donde deberia ser... Esto puede sumar para pedir los informes.. Ojo con los homonimos..
 #636133  por JLS
 
Estiamdo DoctorDoctor.
Enormemente agradecido por tu atención y por tu claridad. Respecto al punto uno me quedo tranquilo que hice bien la liquidacion entonces. Respecto al punto dos al tiempo del SECLO todavía estaba en aquel domicilio ( o sea bien notificado) me enteré de la "huida" cuando solicité el certifcado de trabajo y constancia de pago de aportes art. 80.
Finalmente, (una última consulta) el oficio al RNP y/o Policia, etc. lo pido en la demanda "se libre oficio..." , o puedo realizar yo la diligencia antes de iniciar ???. (es persona fisica, coreano, tengo documento y CUIL voy a entrar a la pagna que me sugeriste)
De nuevo muchisimas gracias.
 #636142  por JLS
 
Estiamdo doctor
lo ubique en la pagina cuitonline y figura con el domicilio que tenia, solo que dice que esta dado de alta en el IVA en junio de 2010. (fecha de incio 2003), evidentemente, se me está escapando, si logro algún domicilio de entidad oficial lo notifico ahi y en ultima instancia lo obligo a litigar en rebeldía, probablemente nunca lo encuentre pero si tengo sentencia favorable, durante diez años lo persigo. Es inmigrante coreano, lo cual puede complicar la busqueda.
doctordoctor escribió:Todo se calcula sobre los conceptos remunerativos que debio percibir por ley (cct) o si percibia mayor salario que el legal, entonces se calcula con el que percibia realmente.

Siempre sobre valores remunerativos BRUTOS.

Si ganaba 1000 y le correspondian 2000 entonces tenes:

- todo calculo sobre 2000.
- diferencias salariales: $1000 a tu favor por mes.
- multas por trabajo en negro.

Dependiendo si demandas una Sociedad, o una persona fisica o ambos depende los informes que tenes que pedir. En el seclo no se presentaron pero estaban bien notif o viinieron rechazados por domicilio cerrado???

Si es una Sociedad, con la demanda pedi informe a IGJ para que informe el ultimo domicilio legal. Y ahi mandas la demanda, este domicilio es presuncion iure et iuire. Si viniera rechazado se notificara bajo responsabilidad actora.

Si es una persona fisica, manda al registro de las personas y ahi notificas. Si viene rechazado pediras nuevos informes a Policia, o algun otro ente. U optaras por notif bajo resp. Camara electoral en caso de extranjeros no informa dice que es competencia del registro.

Si sabes el nombre fijate en cuitonline.com y ahi por ahi tenes el dato del DNI y en la parte de mapa el domicilio fiscal que quizas puso uno diferente a donde deberia ser... Esto puede sumar para pedir los informes.. Ojo con los homonimos..
 #636180  por doctordoctor
 
Aha, trabaja solo para el? digo si se dedica a ropa la marca para lacual trabaja... quizas podes lograr solidaridad.