Buenas noches colegas,si alguien puede ayudarme, mi consulta es la siguiente: mi cliente tiene 74 años de edad, divociada por la ley de matrimonio civil en el año 1973 por sentencia del único juzgado civil y comercial de la jurisdicción en la época (provincia de Buenos Aires). Quiere casarse con su actual pareja y para ello debe recuperar aptitud nupcial, dado que en ese tiempo el divorcio no la otorgaba. Mi duda es si debo iniciar un divorcio por presentación conjunta (el ex esposo está de acuerdo con ello) dado el tiempo transcurrido? o solicitar la conversión en divorcio vincular del divorcio decretado en el año 1973?. y en este caso,alcanza con presentar copia simple del testimonio de la sentencia de divorcio?. Muchas gracias.
LIDIADORA escribió:Buenas noches colegas,si alguien puede ayudarme, mi consulta es la siguiente: mi cliente tiene 74 años de edad, divociada por la ley de matrimonio civil en el año 1973 por sentencia del único juzgado civil y comercial de la jurisdicción en la época (provincia de Buenos Aires). Quiere casarse con su actual pareja y para ello debe recuperar aptitud nupcial, dado que en ese tiempo el divorcio no la otorgaba. Mi duda es si debo iniciar un divorcio por presentación conjunta (el ex esposo está de acuerdo con ello) dado el tiempo transcurrido? o solicitar la conversión en divorcio vincular del divorcio decretado en el año 1973?. y en este caso,alcanza con presentar copia simple del testimonio de la sentencia de divorcio?. Muchas gracias.Hay que pedir la conversión en divorcio vincular; pues en el año que mencionás, sólo existía la separación personal que dictaba la ley 2393, en su art.67 bis.
Para eso, debés desarchivar el expediente original (que se remitirá al juzgado que le sucedió al originariamente actuante) y presentar un escrito, solicitando la conversión.
Dado el tiempo transcurrido, el juzgado automáticamente dictará sentencia; si la petición se hace de común acuerdo, mejor (te ahorrás de notificarle al ex cónyuge, la sentencia de conversión).
No es preciso presentar ninguna documentación, para el caso.
Saludos !!