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  • Devoluciòn de traba de Inhibición

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 #618241  por EQUIVALENCIA
 
Estimados, el tema que me trae es el siguiente.
Diligencie un oficio al Reg. de la Prop. Inmueble Bs As. a fin de anotar una Inhibición General de Bienes. El tema es que me lo devolvieron con tres observaciones:
1- Folio mal vinculado (el tribunal cometió un error y coloco en el oficio un numero de folio de seguridad distinto al que correspondía)
2- Sello el folio de seguridad de modo incompleto y el oficio no lo sello.

El registro Inscribe provisionalmente la anotación durante 180, pero corresponde rectificar del defecto. (Ley 17801 art 9)

Debo presentar un escrito al tribunal, haciendo saber los errores?
Debo solicitar se libre un nuevo oficio (presentando uno nuevo con sus copias) o se utiliza el anterior y una nota con sello del juzgado rectificando?
 #618529  por sole10
 
Tenés que devolver los oficios y el folio de seguridad,haciendo constar los errores.
Se libra un nuevo oficio pero el folio,entiendo,va a ser el mismo.
 #636619  por EQUIVALENCIA
 
sole10 escribió:Tenés que devolver los oficios y el folio de seguridad,haciendo constar los errores.
Se libra un nuevo oficio pero el folio,entiendo,va a ser el mismo.


Estabas en lo correcto Sole!!! Gracias!!!
 #636871  por sole10
 
EQUIVALENCIA escribió:
sole10 escribió:Tenés que devolver los oficios y el folio de seguridad,haciendo constar los errores.
Se libra un nuevo oficio pero el folio,entiendo,va a ser el mismo.


Estabas en lo correcto Sole!!! Gracias!!!
De nada :D !!!!