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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #633470  por periquita
 
Facundon escribió:Tengo una docente en actividad en el IPS y me pidio que le haga un SICAM para sumarle antiguedad y cobrar mas ¿es posible hacer esto?
Desde ya muchas gracias.
Hola Facundon

Te contesté en otro post que vos abriste con esta misma duda :

SICAM para DOCENTES de IPS ayuda.
 #633472  por periquita
 
hola ccolalongo
¿Cómo te fue en la audiencia el 8/10?

ccolalongo escribió:Tengo el siguiente caso: una docente (58 años, 30 años de aportes con 25 docentes al frente de grado en ANSES y 14 en IPS) con licencia psiquiatrica y un amparo por certificación de servicios que tuve que presentar porque no hicieron el aporte diferencial del 2% y le entregaron la certificación de servicios con servicios comunes y no me toman el tramite para jubilacion docente (57 años). Para el ámparo tengo audiencia el 8/10 ya que el empleador se niega a hacer la certificación de servicios y no cumple ni requerimiento de ANSES, ni conciliación en el Ministerio de Trabajo (un tema aparte).

El problema viene aca: para el ANSES una vez que tiene los servicios acreditados y la edad la jubila sin más trámite y no importa nada más. ¿¿?? En el IPS para hacer el reconocimiento de servicios ya que el rol de caja lo tiene ANSES me piden un "cierre condicionado de cómputos" y un "telegrama de renuncia y aceptación" para "cuando vaya a cesar" el tema acá es que estando el ámparo y toda la situación grave NO HAY FECHA de CESE porque obviamente que con ésta situación tiene más que probadas las injurias graves para considerarse depedida que es lo que va a hacer. ¿Y si toma esa fecha como cese? ....
¿Cómo lo resolverían? ¿Saben como hacer un reconocimiento de servicios en IPS como se hacen los de ANSES o parecido? Sí, es parecido pero no son los mismos formularios y requisitos.
Gracias!
 #633475  por periquita
 
juancapa escribió:Colegas del foro:

tengo el siguiente caso:

un colega quiere jubilarse, me dio el trámite a mi, a ver qué puedo hacer. tiene 59 años y ha trabajado tanto en Provincia de Bs. As. como en Nación por cerca de 30 años. El problema es que trabajó dos o tres años en cada colegio, universidad, etc. donde hizo aportes, entonces es complejo acreditarlos. No suman todos los años docentes por igual
Entonces: Qué puedo hacer para conseguir alguna constancia que acredite aportes? Hay algun órgano emita alguna especie de certificado? Cada empleador donde trabajó debe dar la CSR
¿Segunda pregunta: Se compensan los aportes hechos en Nación como docente con los que hizo en provincia? No se compensan se suman si no son simultáneos
Y tercero: dado que no estoy en el tema, qué ley se aplica a los docentes provinciales?
En la provincia de Buenos Aires no tienen una ley especial
un saludo y mil gracias por su tiempo y atención.-
 #633717  por anama127
 
Quien puede ayudarme con esta situación:
Una docente que trabajó como tal desde el año 1983 y se jubiló con el régmine docente de ANSES en el 2009 (años de aportes puros).
Pero a partir del año 1986 comenzó a trabajar también para la Dirección Gral. de Escuelas Prov. Bs. As., aportando al IPS.

Actualmente está jubilada en ANSES, pero sigue en actividad en las escuelas de la provincia de Bs. As.

Alguien podria decirme:
Que trámites tiene que hacer para que sus aportes sean incorporados a su Jubilación en ANSES, por la reciprocidad que tienen ambas Cajas?

Gracias,
 #634058  por periquita
 
anama127 escribió:Quien puede ayudarme con esta situación:
Una docente que trabajó como tal desde el año 1983 y se jubiló con el régmine docente de ANSES en el 2009 (años de aportes puros).
Pero a partir del año 1986 comenzó a trabajar también para la Dirección Gral. de Escuelas Prov. Bs. As., aportando al IPS.

Actualmente está jubilada en ANSES, pero sigue en actividad en las escuelas de la provincia de Bs. As.

Alguien podria decirme:
Que trámites tiene que hacer para que sus aportes sean incorporados a su Jubilación en ANSES, por la reciprocidad que tienen ambas Cajas?
Gracias,
La reciprocidad no funciona de esa manera...
Si se jubiló como docente en ANSES debió cesar en todo al mismo tiempo, también en el IPS y el haber se hubiera calculado con los 2 cargos.
Es una situación difícil porque cómo siguió trabajando están en infracción. Pueden descontarle parte de su jubilación percibida.
 #634078  por diegoluna
 
Hoooola soy estudiante todavia estoy terminando 4 tengo una docente amiga a la que le embargan el sueldo por y esta buscando la forma de que cobrex no tenga de donde cobrarle pero si se jubila le pueden embargar del 5% al 20% o no?
que pasa si deja de estar en realcion de dependencia y para a estar por contrato por semestre y por materia y factura? es monotributista le pueden embargar algo? ayuuuuuuuda esto supera mi conocimiento como estudiantee

graciassss
 #634081  por anama127
 
Gracias Periquita por tomarte tiempo en responder.
Me parece que no es así y que actualmente es legal.
Diferente sería el caso si ella para cumplir con los 25 años de docente en el ANSES hubiera presentado años trabajados con aportes al IPS. Peso no es el caso porque los 25 años son puros en escuelas de la capital y nunca ingresó la antiguedad de la provincia.
Conozco casos a la inversa - Jubiladas con aportes puros en IPS, pero siguieron trabajando en esc con aportes a ANSES y posteriormente hicieron el trámite de reciprocidad.
Se que hace varios años atrás eso no estaba permitido. Pero se modificó.
Lo que no se, es el trámite a seguir. Cuando lo averigue te escribo para contarte como terminó la cosa.
Gracias nuevamente.
 #634109  por periquita
 
Gracias Periquita por tomarte tiempo en responder.
Me parece que no es así y que actualmente es legal.
Diferente sería el caso si ella para cumplir con los 25 años de docente en el ANSES hubiera presentado años trabajados con aportes al IPS. Peso no es el caso porque los 25 años son puros en escuelas de la capital y nunca ingresó la antiguedad de la provincia.
Conozco casos a la inversa - vos lo decís, a la inversa. ¿Conocés alguno como el que vos planteas?
Jubiladas con aportes puros en IPS, pero siguieron trabajando en esc con aportes a ANSES y posteriormente hicieron el trámite de reciprocidad. También conozco muchos casos de ésos.
Se que hace varios años atrás eso no estaba permitido. Pero se modificó. ¿Cuándo?
Lo que no se, es el trámite a seguir. Cuando lo averigue te escribo para contarte como terminó la cosa.Tenenos al tanto.
Gracias nuevamente.
Quiero comentarte que la reciprocidad no funciona igual para las dos Cajas, porque cada una aplica su normativa que no es la misma. Por ejemplo en el IPS los docentes pueden seguir trabajando (y por eso agregar servicios) en cambio en ANSES los docentes NO pueden seguir trabajando si se jubilan como tales.
Me interesa saber cómo lo podés arreglar.
Suerte
 #634113  por periquita
 
diegoluna escribió:Hoooola soy estudiante todavia estoy terminando 4 tengo una docente amiga a la que le embargan el sueldo por y esta buscando la forma de que cobrex no tenga de donde cobrarle pero si se jubila le pueden embargar del 5% al 20% o no?
que pasa si deja de estar en realcion de dependencia y para a estar por contrato por semestre y por materia y factura? es monotributista le pueden embargar algo? ayuuuuuuuda esto supera mi conocimiento como estudiantee
graciassss
Los docentes, si son de planta, deben trabajar en relación de dependencia. Si fuese monotributista no lo podrán embargar, pero no es una consulta previsional.
 #634639  por gustavo2325
 
Una consulta

Tengo a una docente que es maestra de grado, mas de 20 años, al frente. Actualmente, en una escuela de florencio varela.

Tengo una declaracion de servicios prestados por la direccion provincial de recursos humanos.

Como inst previsional, tiene al ips, por entoces que pasos a seguir debo considerar:

Quiere solicitar la jubilacion automatica. en marzo cumple los 50 años.
Le digo que envie el telegrama con cese en marzo?
No haria falta hacer reconocimiento de servicios, o deberia de presentarlo en ips de todas maneras?

Gracias
 #634681  por periquita
 
Hola gustavo2325
Con lo que vos decis no cumple los requisitos para jublarse, necesita 25 años docentes.
Primero veamos si los tiene y luego seguimos con la automática.
Saludos
 #634753  por ccolalongo
 
La audiencia del 8/10 no se hizo porque el amparo me quedó sorteado en un Tribunal Penal de Responsabilidad Juvenil (cualquier cosa pero los amparos pueden caer en cualquier lado) y por ahora me van a fijar una nueva; yo en el ANSES ya inicié el RECO secuencia 3 para que corrijan el carácter de los servicios y poder jubilarla por el Dto 137/2005; mi problema viene en el IPS que quieren para el "cierre de cómputos" (en DIPREGEP torre I piso 10) el "telegrama de renuncia y aceptación" NO HAY TALES TELEGRAMAS ni va a haberlos, ESE es mi principal problema. ¿A cuál fecha de cese te referis qué pueda tomar? NO SE SABE cuando va a cesar y no va a haber telegrama de renuncia ni mucho menos de aceptación.

En ANSES me dijeron que una vez que tiene EDAD y SERVICIOS (ya tiene ambos salvo que hay que corregir el carácter que estamos en eso); ellos la jubilan no importa si renuncia, la despiden o se auto despide. Pero en el IPS me salen con eso de la renuncia y aceptación. ¿Cómo lo resuelvo?
periquita escribió:hola ccolalongo
¿Cómo te fue en la audiencia el 8/10?

ccolalongo escribió:Tengo el siguiente caso: una docente (58 años, 30 años de aportes con 25 docentes al frente de grado en ANSES y 14 en IPS) con licencia psiquiatrica y un amparo por certificación de servicios que tuve que presentar porque no hicieron el aporte diferencial del 2% y le entregaron la certificación de servicios con servicios comunes y no me toman el tramite para jubilacion docente (57 años). Para el ámparo tengo audiencia el 8/10 ya que el empleador se niega a hacer la certificación de servicios y no cumple ni requerimiento de ANSES, ni conciliación en el Ministerio de Trabajo (un tema aparte).

El problema viene aca: para el ANSES una vez que tiene los servicios acreditados y la edad la jubila sin más trámite y no importa nada más. ¿¿?? En el IPS para hacer el reconocimiento de servicios ya que el rol de caja lo tiene ANSES me piden un "cierre condicionado de cómputos" y un "telegrama de renuncia y aceptación" para "cuando vaya a cesar" el tema acá es que estando el ámparo y toda la situación grave NO HAY FECHA de CESE porque obviamente que con ésta situación tiene más que probadas las injurias graves para considerarse depedida que es lo que va a hacer. ¿Y si toma esa fecha como cese? ....
¿Cómo lo resolverían? ¿Saben como hacer un reconocimiento de servicios en IPS como se hacen los de ANSES o parecido? Sí, es parecido pero no son los mismos formularios y requisitos.
Gracias!
 #636066  por periquita
 
Hola
ANSES no obliga a nadie a jubilarse, lo hace el empleador, que en este caso aporta a la ANSES
Lo que pide el IPS es correcto.
En este caso tu cliente tiene más un problema laboral que previsional, tendrás que solucionar eso primero o consultar en DIPREGEP para ver si te lo toman con un cese provisiorio ¿?? para comenzar el trámite, hasta que soluciones lo otro. No lo sé.
Avisanos cómo lo solucionas.
Suerte
 #636688  por anama127
 
Hola Periquita

Tenias razón - no es posible - Por lo pronto renuncia a Provincia para no estar en falta.
Disculpá mi desconocimiento y también haber dudado.

Muchas Gracias ´por todo.
periquita escribió:Gracias Periquita por tomarte tiempo en responder.
Me parece que no es así y que actualmente es legal.
Diferente sería el caso si ella para cumplir con los 25 años de docente en el ANSES hubiera presentado años trabajados con aportes al IPS. Peso no es el caso porque los 25 años son puros en escuelas de la capital y nunca ingresó la antiguedad de la provincia.
Conozco casos a la inversa - vos lo decís, a la inversa. ¿Conocés alguno como el que vos planteas?
Jubiladas con aportes puros en IPS, pero siguieron trabajando en esc con aportes a ANSES y posteriormente hicieron el trámite de reciprocidad. También conozco muchos casos de ésos.
Se que hace varios años atrás eso no estaba permitido. Pero se modificó. ¿Cuándo?
Lo que no se, es el trámite a seguir. Cuando lo averigue te escribo para contarte como terminó la cosa.Tenenos al tanto.
Gracias nuevamente.
Quiero comentarte que la reciprocidad no funciona igual para las dos Cajas, porque cada una aplica su normativa que no es la misma. Por ejemplo en el IPS los docentes pueden seguir trabajando (y por eso agregar servicios) en cambio en ANSES los docentes NO pueden seguir trabajando si se jubilan como tales.
Me interesa saber cómo lo podés arreglar.
Suerte
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