garman81 escribió:Hola, yo tengo un caso similar al de VILMAG, es decir me interpusieron una excepción por falta de pago pero me la notificaron a un domicilio incorrecto, distinto del constituido y yo me anoticie cuando consulte por el expte. en mesa de entradas, pero no lo retiré para no quedar notificado porque creo q tengo perdida la excepcion. Mi pregunta es, si dictan sentencia haciendole lugar a la excepcion, yo despues la puedo apelar porque no me corrieron traslado de la excepción cierto ? Y en caso que el juez me haga lugar, se retrotrae y la contraria tiene que subsanar su defecto y notificarme o perdió su derecho y la ejecución continúa su curso ?
Bueno espero no haberlos enredado tanto je.
Gracias.
Perdón, cuando dije excepción por falta de pago quise decir por pago total. Dizculpen, zoy ezpezial.