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  • Sucesion ! alquileres luego de la muerte !! duda

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #636705  por elgranjero
 
Estimados como se toman los alquileres de un inmueble que era ganancial, y se alquilo durante 6 años, luego de la muerte de la causante? el monto de los alquileres es ganancial ? o propio del viudo?

Muchas Gracias por responder!!!!
 #637045  por elgranjero
 
Gracias por responder !! te consulto, en este caso el inmueble se compro en vida de los 2 esposos, pero con un credito hipotecario a 120 cuotas, en la cuota 5 muere la causante, y el viudo paga las otras 115 cuotas luego de su muerte.... Si bien el inmueble es ganancial, puedo pedir un credito en la sucesion a favor del viudo, por lo que pago del inmueble luego de la muerte de la causante?

Gracias de nuevo.-
 #637099  por Tiburcio
 
No me queda claro quién alquiló el inmueble luego de la muerte del propietario y tampoco quién cobró esos alquileres.
 #637106  por elgranjero
 
los alquilo el viudo, y el cobro ese dinero, los hijos del matrimonio aun eran menores de edad y vivian con el, el viudo usaba ese dinero, mas el de su trabajo para mantener la casa y criar a los hijos, el tema es que uno de los hijos ( ahora mayor de edad) le reclama al padre la parte de su herencia, incluyendo el monto de los alquileres cobrados luego de la muerte de la madre....
 #637256  por Tiburcio
 
Entonces lo veo así:
El padre alquiló bienes que eran de propiedad de sus hijos menores (desde el fallecimiento de la madre les correspondía entre todos el 50% de esos bienes).
Si bien los bienes eran de propiedad de sus hijos, las rentas o alquileres eran de propiedad del padre, por el usufructo legal: (C.Civil Art. 287. "Los padres tienen el usufructo de los bienes de sus hijos matrimoniales o extramatrimoniales voluntariamente reconocidos, que estén bajo su autoridad...").
De modo que el hijo sólo podría reclamar la parte proporcional de los alquileres desde su propia mayoría de edad en adelante.
Por supuesto que el padre tiene derecho a deducir los gastos que haya hecho para mantener la propiedad, también en su parte proporcional.

Mejor que se amiguen y que el hijo se deje de embromar.
 #637265  por elgranjero
 
Me viene muy bien tu respuesta !! Obvio que lo mejor sería que se amiguen....pero viste como son estas cosas.....es más, estoy sospechando que el hijo, esta asesorado por un colega nuestro...... en fin veremos como se soluciona.-

Gracias por responder !!!