Presentamos demanda por alimentos, falló la notificación de cédula ley, el alimentante vive lejos, o sea, nos fijaron alimentos provisorios pero no pudimos notificar demanda en el domicilio real el alimentate, tendriamos que notificar otra vez bajo responsabilidad de la parte actora, pero... el alimentante por medio de su letrado apoderado ha planteado un divorcio y notificó a mi clienta, la alimentada, cayó en otro juzgado.
¿Pido acumulación de causas entonces ya lo voy a tener notificado al alimentante de la demanda de alimentos?
Escucho consejos, mil gracias
JV
¿Pido acumulación de causas entonces ya lo voy a tener notificado al alimentante de la demanda de alimentos?
Escucho consejos, mil gracias
JV
¿Será Justicia?