ES MI PRIMERA EJECUCION DE HONORARIOS, EN EL JUZGADO ME DICEN QUE LA DEBO INICIAR POR RECEPTORIA DE EXPTES. IGUAL PUEDO INICIARLA POR EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DE SENTENCIA O NO, SERIA COMO UNA EJECUCION?, ESO NO ME QUEDA CLARO.-
ES UN CASO DE FAMILIA EN PCIA.BS. AS.
SI ES EJECUCION DE SENTENCIA DIRECTAMENTE PIDO EL EMBARGO DE HABERES EN ESTE CASO Y LUEGO NOTIFICO ESTO CON LA CITACION DE VTA.-
SI ES POR EJECUCION TENGO QUE PEDIR MANDAMIENTO DE INTIMACION DE PAGO.
ESA ES LA DIFERENCIA?
LA VERDAD NO ME QUEDA CLARO.-
POR FAVOR SI ALGUIEN ME AYUDA
ES UN CASO DE FAMILIA EN PCIA.BS. AS.
SI ES EJECUCION DE SENTENCIA DIRECTAMENTE PIDO EL EMBARGO DE HABERES EN ESTE CASO Y LUEGO NOTIFICO ESTO CON LA CITACION DE VTA.-
SI ES POR EJECUCION TENGO QUE PEDIR MANDAMIENTO DE INTIMACION DE PAGO.
ESA ES LA DIFERENCIA?
LA VERDAD NO ME QUEDA CLARO.-
POR FAVOR SI ALGUIEN ME AYUDA