Intimé registración correcta en los términos de los arts 9 y 10 LE. Y mi emplazamiento es contestado por la abogada de la patronal, quien invoca mandato para gestiones administrativas. La letrada rechaza categóricamente el registro correcto solicitado.
Es válido esto o se requiere que sea el empleador en persona quien conteste el telegrama del trabajador?
Gracias!
Es válido esto o se requiere que sea el empleador en persona quien conteste el telegrama del trabajador?
Gracias!
