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 #638354  por pampa2008
 
Tengo dudas respecto a una liquidación que estoy haciendo por muerte del trabajador, fuera del ambito laboral.
Muere, trabajo 13 años , casi todos en negro.
Incluyo en la liq. las multas del art 1 de la ley 25323, pero me surge la duda si corresponde o no, porque ahí se refiere a las indem del 245, lo incluyo en la liq?. El art 1 de la ley 25323 dice "las indem de las leyes 20744, art 245 y 25013 art 7 o las que en el futuro la reemplace, serán incrementadas al doble cdo se trate de una relac laboral que al momento del despido no estaba registrada o era deficiente " o sea que si correspondiera, que valor tnego que icrementar, el de la indem del 248 (245 reducida a la mitad) o la completa del 245?
Se entiende mi duda?? espero que puedan ayudarme, gracias
 #638379  por sandra08
 
hola mucho no te entendi, pero en principio la multa que queres aplicar corre sobre los rubros 245, 233, 232. Que serian los rubros indeminizatorios. La muerte del trabajador te da derecho a exigir la indeminizacion reducida, solo que puedas demostrar que la actividad comercial, siguio vigente a pesar de la muerte del empleador.
Por lo que entiendo que no correria la aplicacion de multa en ese caso. Pero a la interpretacion de los rubros indeminizatorios puede ser fundamentalo con jurisprudencia.
 #638453  por pampa2008
 
si, gracias, para mi era asi. hace falta la intimacion y la denuncia ante la afip, pero un colega me decia que igual podia pedirlo. Muchas gracias !!!!!!
 #639224  por MORGAN
 
por el art. 1 de la 25323 en pcia de bs as un fallo de la SCBA dice que involucra al 245 y el 233.
respecto de tu pregunta, a pesar de que varios fallos dicen que no corresponde en caso de muerte del trabajador porque, según sostienen, no es un "despido" como exigue la norma sino que se extingue por muerte, lo reclamaría igual.