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  • ALGUEN ME PUEDE CORREGIR ESTE SICAM?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #63208  por FREDY44
 
Hola a todos los molesto,

Quisiera saber si esta situacion de revista que arme es correcta o no, tengo un cliente que tiene aportes pero no los quiere, no quiere que se los reconozcan por que necesita el dinero: pero tiene 20 años de aportes en relacion de dependencia y fecha de cese Enero 2007, me dijeron en la ANSES.

El hombre nacio el 20/09/1941 tiene 66 años, queria saber si esta bien esta situacion que arme:

Situacion de Revista: por la ley 24.476
10/1959 a 09/1989

Beneficio por el art. 3 ley 24.476

10/1987 a 09/1989 = 2 años, en las ANSES me dijeron que como su fecha de cese era en Enero 2005 no podia tomarme mas de 2 años de beneficios, alguien me puede explicar por que es eso asi?

Y si esta bien armada este SICAM asi lo mando, lo que no entiendo es por que no puedo tomarme como beneficio mas años?

El quiere que le envie la jubilacion por internet ya que esta necesitado de dinero y no le interesan los aportes que hizo.

Bueno al que me puede ayudar mil gracias, por que en este caso tengo muchas dudas.

FEDE.

 #63216  por Mldt
 
Es solo una opinión, esperá otras, pero creo que si lo que tiene en relación de dependencia son 20 AÑOS es mucho como para obviarlo. Yo periría un sijp y tomaría los que figuran allí, luego pediría aplicación de resolución 980. De esta forma no va a verificar por tanto no va a demorar mucho (obvio siempre depende de la udai). Respecto a la situación de revista planteada, si el señor tiene 66 años tiene 6 meses por art. 19, asi que podes comprarle 6 meses menos. Por último, la aplicación del art. 3º siempre depende de la fecha de cese, independientemente que tomes esos aportes en cuenta o no, por eso, si la fecha de cese es 2005 es correcto aplicar dos años, pero si es en 2007 solo podes aplicar un año.-

 #63306  por FREDY44
 
Mldt, yo ya le dije al señor, respecto a tenerle en cuenta los aportes, pero bueno el quiere que se la haga por internet, lo mas rapido posible, ahora lo hago de esta manera y me da una cuota altisima de $ 390.- inclusive supera el maximo

Tiene 66 años nacido el 9/1941

y le arme por la 24.476

Situacion de Revista del 10/1959 hasta 09/1989 y

en beneficios
tome 2 años solamente por el cese en el 2005 de sus aportes y puse

del 10/1987 al 09/1989 art.3 de la 24,476

como puedo hacer la situacion de revista de otra manera o comprar años mas baratos, cuales serian, o como puedo bajar la cuota??

Bueno espero ayudas y gracias desde ya.

FEDE. la verdad no se que hacer.

 #63309  por Elly
 
Hola Fredy44.. en mi humilde opinión no va a tardar mucho menos que lo hagas por turno y reconociendo esos años de aportes que tiene, tené en cuenta la cuota se le va a abaratar mucho... igual esperá mas opiniones..

 #63312  por Elly
 
Igual te conviene aplicar el art. 3 en el período 06/1977 a 05/1979 ...ahí se te abarata un poco más...

 #63413  por anya
 
20 años!!!!! y quiere que se los pases por alto!! de terror!! explicale la situacion, para mi es como te dicen la chicas mas arriba, aparte tiene 6 o 7 meses de excedente de edad, tendrias que comprar poco por moratoria.
me dejo :o , 20 años!!

 #63417  por FREDY44
 
Nuevamente hize el calculo por el SICAM y me da una cuota de $ 379,. lo cual supera el maximo y es una locura, lo hable con este hombre y le conte la situacion, me dijo que lo dejaba en mis manos.

Ahora el problema que tengo es que nunca hize una jubilacion con turno y ademas el quiere siempre y cuando no tenga que ir a pedir un certificado de servicios a todas las empresas en las que trabajo, debido a que hace changas y no puede, por que no tiene para comer, tampoco tiene ningun recibo de sueldo de ninguna de las 5 o 6 empresas en las que trabajo.

Ahora necesitaria que me ayuden y me digan que es lo primero que tengo que hacer para hacerle la jubilacion y que le reconozcan esos años y si se puede, pero siempre y cuando el no tenga que ir a cada empresa a pedir un certificado.

AYUDAAAAAAAA QUE HAGOOOOOO, no soy un especialista en el tema nunca hize jubilaciones con turno, siempre las pocas que hice fueron por internet y faciles

QUIEN ME AYUDAAAAA.

PERDON POR MOLESTARLOS A TODOS Y GRACIAS.

FEDE.

 #63421  por FREDY44
 
MUCHISIMAS GRACIAS ANYA, POR QUE LA VERDAD NO SE QUE HACER, TE LO AGRADEZCO, recien estaba pensando y si le desafecto todos los periodos aportados, puedo borrar la fecha de cese que es lo que me molesta y me impide tomarme los 7 años de beneficios por el art.3 de la 24.476, por que lo que me impide es la fecha de cese que la tengo en el 2005, no tengo manera de cambiarla si le desafecto todos los años.?

TE REPITO GRACIAS.

BESOS

FEDE.

 #63423  por FREDY44
 
No se si le figuran como me fijo eso, ?? del SIJYP

FEDE.

Gracias,

PD: Cuando quieras alguna respuesta gratis de cualquier tema contable, financiero o de inversiones, soy contador asi que estoy a tu disposicion.
Y ademas pues me encanta Mar Del Plata, ciudad que visito todos los años.

 #63888  por FREDY44
 
No te pude contestar antes, Anya, entre donde me dijiste y le aparecen en el historial de la pagina de la ANSES, muchos años de aportes.

EN EL PADRON HISTORICO DE AUTONOMOS NO LE APARECE NADA.EN LA PAGINA DE LA ANSES.

Y EN "LA CONSULTA HISTORIA LABORAL" que indica a partir de 1970 creo, EN 5 EMPRESAS TIENE 19 AÑOS DE APORTES, ESO ES LO QUE LE FIGURA.

AHORA CON ESOS DATOS QUE HAGO, COMO SIGO EN ESTA QUE ME METI....

ANYA ESPERO ME AYUDES TOY PERDIDO

SALUDOS

FEDE.

 #63892  por anya
 
Hola Fede! bueno barbaro que le aparecen...lo que no me decis si son seguidos...alternados.... pero bueno...te comento mas o menos, tenes 6 meses de excedente de edad mas 19 años de rr dd, te faltaria comprar por moratoria 10 años y 6 meses.....lo que tenes que hacer es ver bien esos pagos en que periodos son para que no superpongas con lo que compres en autonomo.... si nacio el 09/41 podes empezar a comprar a partir del 10/59...tenes que ver si llegas sin superponer con la rr dd, hasta el 09/93, entendes? el ultimo pago en que año fue?? porque tenes que tomar el art 3 de acuerdo al ultimo pago..