Hola a todos.
Juan y María obtienen sentencia firme de divorcio.
Tienen un auto en común que está anotado en el registro a nombre de Juan. Deciden que se lo quedará Juan previo pago a María del 50% del valor.
Como están totalmente de acuerdo lo quieren hacer de manera extrajudicial.
Es suficiente con que concurran al Registro con el testimonio de la sentencia de divorcio? O tiene que hacerlo por escritura pública?
(En el registro, la persona que me atendió me dijo que debía venir un oficio del juez, pero eso implicaría hacer la disolución por vía judicial y el repectivo pago de la tasa de justicai amen de la pérdida del tiempo)...
Alguien tuvo un caso similar?
Gracias. Saludos!!
Juan y María obtienen sentencia firme de divorcio.
Tienen un auto en común que está anotado en el registro a nombre de Juan. Deciden que se lo quedará Juan previo pago a María del 50% del valor.
Como están totalmente de acuerdo lo quieren hacer de manera extrajudicial.
Es suficiente con que concurran al Registro con el testimonio de la sentencia de divorcio? O tiene que hacerlo por escritura pública?
(En el registro, la persona que me atendió me dijo que debía venir un oficio del juez, pero eso implicaría hacer la disolución por vía judicial y el repectivo pago de la tasa de justicai amen de la pérdida del tiempo)...
Alguien tuvo un caso similar?
Gracias. Saludos!!