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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #639273  por pablofederico
 
Consulta:
Estoy por iniciar juicio (luego de mediaciones sin acuerdo) a mi empleador y mi abogado me pide que mande a la (camara laboral)
"CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO" el "ACTA PODER NRO...."
quisiera informacion de que poder se trata este que le estoy dando a mi abogado. Que implica entregarle este poder, es obligatorio? puedo no hacerlo?
Me gustaria una respuesta, para saber si los pasos q estyo dando en este camino del juicio son correctos o no.
Muchas gracias
 #639695  por 2468
 
Tene en cuenta que si te lo esta pidiendo tu abogado por algo es . Desde ya te digo que si no confias en el cambia por otro.
 #639842  por rominanp
 
pablofederico. La firma del acta poder es algo muy comun en el ambito laboral, creo que no inicie ningun juicio sin antes hacer firmar un acta poder. Significa que le firmas un poder a tu abogado para que impulse tu causa, de lo contrario cada escrito que necesite firmar, por más insignificante que sea va a necesitar que te acerques al estudio y le firmes el escrito en cuestión. Esto parecerá lo lógico para vos, es decir que te cite, sin embargo son muchisimos los escritos que necesitamos presentar los abogados y generalmente tenemos plazos en que presentarlos y llamar al cliente cada vez que tenga que presentar un escrito resulta engorroso, además de peligroso porque de tal manera resulta muy dificil de defender tus derechos. Yo en lo particular no iniciaría juicio laboral sin que me firmen el acta poder, creo que muchos abogados no lo haríamos. Quizas lo que más te preguntas es....puede mi abogado desistir de la causa por mi? no, la carta poder o acta poder no autoriza a tu abogado ni a cobrar por vos, ni a desistir de la causa ni del derecho por vos, en estos dos ultimos casos, aunque firme el acta poder, vas a ser citado por el tribunal a ratificar, tu propia firma.. Ahora si.....lo más importanate es que confíes en tu abogado....romina.-
 #639844  por rominanp
 
pablofederico. La firma del acta poder es algo muy comun en el ambito laboral, creo que no inicie ningun juicio sin antes hacer firmar un acta poder. Significa que le firmas un poder a tu abogado para que impulse tu causa, de lo contrario cada escrito que necesite firmar, por más insignificante que sea va a necesitar que te acerques al estudio y le firmes el escrito en cuestión. Esto parecerá lo lógico para vos, es decir que te cite, sin embargo son muchisimos los escritos que necesitamos presentar los abogados y generalmente tenemos plazos en que presentarlos y llamar al cliente cada vez que tenga que presentar un escrito resulta engorroso, además de peligroso porque de tal manera resulta muy dificil de defender tus derechos. Yo en lo particular no iniciaría juicio laboral sin que me firmen el acta poder, creo que muchos abogados no lo haríamos. Quizas lo que más te preguntas es....puede mi abogado desistir de la causa por mi? no, la carta poder o acta poder no autoriza a tu abogado ni a cobrar por vos, ni a desistir de la causa ni del derecho por vos, en estos dos ultimos casos, aunque firme el acta poder, vas a ser citado por el tribunal a ratificar, tu propia firma.. Ahora si.....lo más importanate es que confíes en tu abogado....romina.-