Hola, es probable que mi pregunta suena bastante tonta. Pero es importante para mí, soy nuevo y vengo de una jurisdicción donde la mediación no es obligatoria (y ergo no se usa). Me refiero al caso del mediador matriculado, inscripto en el registro, que además lleve casos por su cuenta como abogado (obviamente excluyendo casos en que exista conflicto de intereses). Gracias.
sI PODES EJERCER COMO ABOGADO PERO COMO VOS BIEN DECIS, NO PODES PATROCINAR( POR EL TERMINO DE 2 O 3 AÑOS NO RECUERDO BIEN) A LAS PERSONAS INVOLUCRADAS EN UN CONFLICTO QUE MEDIASTE.
sALUDOS!!