Colegas, quería pedir una opinión sobre el siguiente tema, prepare una liquidacion por un despido ind. de un trabajador en negro, se la pase al abogado del demandado y me contestó que su cliente solo haría un ofrecimiento si hay un reclamo adm. o judicial, podría hacer el reclamo en el seclo o en el ministerio de trabajo de prov. ya que serían ambos competentes pero no tengo matricula en capital, por eso decidí hacer el reclamo ante el ministerio, les parece que concurrirán? , me conviene hacerlo ?, es en san isidro, se que hay que pagar bono e ius, en caso de que no cuncurran y se cierre la via adminst. ese bono e ius me sirven para iniciar la via judicial? Gracias por la respuesta!!!
