Hola y ante todos gracias. La consulta radica en que el día miercoles contesté una demanda para una S.R.L. como apoderado adjuntando fotocopias de mi poder que firmé. Así ya lo hice con otras contestaciones y nunca tuve problemas. Pero la duda ma la generó un colega diciendo que también hay que acompañar fotocopias firmadas por mi del estatuto y asamblea de la SRL con autoridades, que sinó pueden oponer falta de personería. ¿Esto es así, a alguno le pasó? En ese caso si aún no salió el traslado podré acompañarlo?
En mi caso siempre presente copia simple del poder otorgado por la empresa, solo eso. Haciendo la manifestación en la misma contestación que se trataba de una copia simple del poder otorgado por x y que declaraba que el mismo se encontraba vigente, nunca tuve problemas al respecto.
Además, pensando, en el mismo poder en su oportunidad el escribano interviniente lo realizó considerando el contrato social y la designación de autoridades, o sea que ese recaudo ya lo tomó el propio escribano y lo dejó plasmado en el poder..
Espera otras opinioes
SAludos,
