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  • AYUDA VERAZ URGENTE

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #641594  por Laura80
 
Hola! Cómo están?

Soy nueva en el ejercicio de la profesión, y uno de los primeros casos que tengo tiene que ver con sacar a alguien del Veraz. Tengo en claro lo que dice el Art. 26 de la Ley de Habeas Data, que establece que si una persona no paga la deuda durante un plazo de 5 años a contar desde la última información adversa relevante es obligación que los datos sean sacados del Veraz. Dicho plazo se reduce a 2 años en el caso que la deuda haya sido cancelada. Pero el caso de mi cliente es una mezcla de ambas, por eso mi duda.
Mi cliente refinanció una deuda que actualmente está pagando, (esto en el año 2006), por lo tanto a partir del 2011 se haría efectivo el derecho al olvido. Mi pregunta puntual es la siguiente, excepcionalmente y teniendo en cuenta la voluntad de pago que ella demuestra, podría pedirse por CD que se la saque actualmente del Veraz? o le conviene esperar hasta el próximo año, donde se cumplen los 5 años?
Conocen alguna jurisprudencia o caso que se pueda aplicar?
 #641859  por Cauzo
 
tambien me cayeron unos casos para salir del veraz, terrible, no se ni la teoria ni menos la practica ajaja , que complicado comenzar asi. se ve que de esto hay mucho, porque apenas empiezo y me vienen varias consultas al respecto. deberia darse mas este tema porque hay muchas consulta y muchas cosas que tener en cuenta
Lo del plazo no lo entendi porque hay teorias!!!! lei los foros, y dicen cosas contradictorias! asi que es una locuraaa
voy a ver que onda el curso de informes que esta en el post de jovenes abogados, otra no me queda, porque en la facu no vi nada de esto. y ya pregunte y no hay clases especiales del tema, y ya no se que hacer , no puedo estar preguntandolo todooo jajaja un poco mas y el 99% me lo tiene que hacer otro abogado jajaj
 #659817  por mariamichina
 
Hola!, armate una buena carta documento intimando para que actualicen la información, es obligación de veraz informar si tu cliente está pagando mensualmente una deuda, eso se puede consignar en el informe, no pueden negártelo y además tienen la posibilidad de hacerlo en el sistema que tienen, Una vez que tu cliente canceló la totalidad de la deuda, de ahí en mas contás 2 años y luego lo deben eliminar de la base de deudores, es exactamente igual para el BCRA o cualquier empresa tipo veraz (Nosis, Fidelitas, etc) que tengas suerte!