Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • consulta sobre acuerdos y curatela

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #641369  por Giovanna
 
Hola Foristas. tengo una duda es sobre un accidente de transito, donde se tramito una curatela, porque la chica quedo bastante mal, el padre fue designado curador, no se regularon honorarios ni se determinaron las costas de la curatela porque la chica no tiene bienes, la otra parte, que fue colisionante en el accidente ofrecio un arreglo, debo presentarlo en el expte?, a esa suma cuanto le tengo que agregar de costas?, tengo entendido que depositado en autos, depues los montos que quiera retirar deberan ser justificados, del monto que se deposite se fijaran las costas? corre la tasa de justicia del 3%?, la verdad que tengo bastantes dudas al respecto, y no encuentro mucha info al respecto, gracias.
 #641410  por sole10
 
Giovanna escribió:Hola Foristas. tengo una duda es sobre un accidente de transito, donde se tramito una curatela, porque la chica quedo bastante mal, el padre fue designado curador, no se regularon honorarios ni se determinaron las costas de la curatela porque la chica no tiene bienes, la otra parte, que fue colisionante en el accidente ofrecio un arreglo, debo presentarlo en el expte?,
Si.

a esa suma cuanto le tengo que agregar de costas?,
Si; le debès agregar los honorarios profesionales de los letrados, de peritos (si intervinieron) y tasa de justicia.

tengo entendido que depositado en autos, depues los montos que quiera retirar deberan ser justificados,
Previa homologaciòn judicial, rendiciòn de cuentas (aprobadas por el Asesor de Incapaces), se autoriza a retirar los montos.

del monto que se deposite se fijaran las costas?
Si se incluyen en el acuerdo,y el juez no lo objeta, se homologan tambièn.


corre la tasa de justicia del 3%?,
En cuestiones pecuniarias, sì.

la verdad que tengo bastantes dudas al respecto, y no encuentro mucha info al respecto, gracias.
 #641716  por Giovanna
 
otra pregunta en el caso de que no nos ofrezcan un arreglo y haya que citarlos a mediacion, por daños y perjuicios, el procedimiento es igual, o ca por cuerda separada. disculpen las consultas pero me van generando mas interrogantes. gracias, saludos a todos.
 #642276  por sole10
 
Giovanna escribió:otra pregunta en el caso de que no nos ofrezcan un arreglo y haya que citarlos a mediacion, por daños y perjuicios, el procedimiento es igual, o ca por cuerda separada. disculpen las consultas pero me van generando mas interrogantes. gracias, saludos a todos.
En Capital Federal, previo al inicio de demanda de daños y perjuicios, es obligatoria la mediación.
La situación de la víctima, no cambia nada.
Saludos !