Estimados colegas: Vino a verme una clienta que se casó en 2001, en 2004 el marido se fue a trabajar a Perú y nunca más volvió, sabemos que está allá, pero no exactamente el lugar. El señor tenía dirección en capital aunque se casaron en provincia. Quería iniciarlo por causal objetiva del 214 inc. 2 pero lo que me complica es el tema de notificar. No quiero hacerlo por abandono voluntario y malicioso, que me pueden aconsejar para que salga lo más rápido posible? Preferiría evitar todo el tema de notificarlo en el extranjero. Saludos y gracias.