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  • Quiero reclamar pago de la hora de lactancia. ayuda

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #645176  por carub
 
Hola necesito reclamar el pago de las horas de lactancia que prevee el art 179 LCT, ya que a mi clienta no se le abonaron desde que volvio de la licencia. Tienen algun modelito o algo que me sirva como guía? la intimacion procede desde el dia que ella se reintegro a trabajar luego de la licencia maternidad verdad? y hasta la fecha. Saben que le dijo su jefa de personal, que ellas firmaron un convenio por el cual solo se les abonaban por las horas trabajadas y la hora de lactancia como no la trabaja se la descuentan (es una gran cadena de Hipermercado). Gracias y saludos para todos!!
 #645177  por carub
 
me quedo algo mas por preguntar, cuando apercibo en este caso debe ser bajo apercibimiento de inicicar las acciones legales..... o bajo apercibimiento de considerarme injuriada y despedida..... les voy a agradecer si me pueden aclarar esto.
 #646106  por Caro36
 
Hola no entiendo tu pregunta! la hora de lactancia es un beneficio que la madre tiene, correcto? creo y si no me enquivoco es de 30 minutos por cada 4 horas, o de 30 minutos cada 3 horas de trabajo, si? ahora vos que queres reclamar? se tomó la hora y se la descontaron? o no se la tomó y queres que se la paguen? no entendi! :wink:
 #646191  por agentil
 
carub escribió:me quedo algo mas por preguntar, cuando apercibo en este caso debe ser bajo apercibimiento de inicicar las acciones legales..... o bajo apercibimiento de considerarme injuriada y despedida..... les voy a agradecer si me pueden aclarar esto.
YO DIRÍA QUE BAJO APERCIBIMIENTO DE ACCIONAR PARA SU COBRO, NO TE PODÉS CONSIDERAR DESPEDIDA PORQUE NO TE PAGARON LAS HORAS DE LACTANCIA, ES MI OPINIÓN. A NO SER QUE TU CLIENTA YA NO QUIERA TRABAJAR MÁS Y BUSQUES OTRAS IRREGULARIDADES, SALUDOS!
 #648401  por Caro36
 
Hola carub, sos abogada? o te dedicas a hacer laboral? no me contestaste la pregunta que te hice!, bueno, por las dudas te lo aclaro segun lo que yo tengo entendido, la hora de lactancia es un beneficio que tiene la trabajadora, no es una hora extra ni nada que se le parezca, la ley lo que quiso al establecer esa media hora cada tantas horas de trabajo es que la trabajadora use ese tiempo para dar de lactar a su hijo, es igual que con las vacaciones, las vacaciones no se pueden juntar y cobrar al año siguiente si no se tomaron, porque es una licencia que el legislador pensó para que el trabajador no trabaje, sino que descanse esa jornada, se entiende? creo y si no me equivoco la hora de lactancia es igual. Como dice otra colega que te contestó no parece ser una causal o injuria como para formalizar un despido incausado! busca otras causales para el despido indirecto! espero que te haya sido de ayuda!
 #648407  por Caro36
 
Hola, ahi transcribo el art 179 LCT, por las dudas lo lei de nuevo, lo que se estila normalmente es que la trabajadora, se toma la hora junta, es decir junta las dos medias horas y se retira antes del trabajo. ahora que leo bien tu pregunta, a ella le descontaron esa hora que ella se retiró antes? de ser asi, lo que tenes que reclamar es el pago de esas horas trabajadas, porque en realidad son horas que ella estaba trabajando, por mas que se hubiera retirado antes! si?

Art. 179. —Descansos diarios por lactancia.

Toda trabajadora madre de lactante podrá disponer de dos (2) descansos de media hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un (1) año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado. En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan
 #648824  por doctordoctor
 
Lactancia. Falta de otorgamiento. Despido. Carga probatoria dinámica CARCI, MARÍA YANINA c/CENTRO DE SALUD REPRODUCTIVA CER SA - CNTrab. - SALA II - 4/10/2007

Tomalo con pinzas... pero alguien se consideró despedido y prosperó.